El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) desarrolló una medida temporal para la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio del Seguro Social, conocida como Modalidad 40, con la que mantendrá las condiciones de las personas actualmente inscritas, mientras realiza una evaluación del impacto financiero de este esquema y prepara una propuesta de modificación normativa.
La determinación quedó asentada en el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, aprobado por el Consejo Técnico del IMSS en una sesión extraordinaria celebrada el 10 de octubre de 2026 y cuya publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dará inicio a su vigencia, conforme a los términos establecidos en el propio instrumento.
¿Cuáles son las nuevas reglas y restricciones para los aseguramientos?
Aunque el acuerdo no establece una suspensión definitiva de la Modalidad 40, sí introduce restricciones y condiciones para los nuevos aseguramientos. La medida busca revisar la sostenibilidad financiera de esta modalidad, utilizada por personas que dejaron de cotizar en el régimen obligatorio y desean continuar realizando aportaciones para conservar derechos pensionarios.
El acuerdo dispone que las personas inscritas en la Continuación Voluntaria al momento de entrada en vigor del instrumento podrán permanecer bajo las condiciones actuales hasta que concluya el período de aseguramiento que tengan contratado.
¿Cómo afectará el fin de la contratación retroactiva a los futuros pensionados?
Para quienes terminen ese período, así como para las personas que busquen conservar sus derechos pensionarios mediante esta modalidad, el documento establece que podrán solicitar su incorporación bajo nuevas condiciones salariales.
El aseguramiento se realizará con base en el último salario base de cotización registrado al momento de causar baja del régimen obligatorio, o hasta la importación de este más una Unidad de Medida y Actualización (UMA). En ningún caso , la importación podrá ser inferior al salario mínimo general vigente para el resto del país.
Además, el acuerdo señala que los nuevos aseguramientos se efectuarán exclusivamente a partir de la fecha en que se presente la solicitud, lo que impide que la incorporación opere de manera retroactiva bajo este mecanismo.
LG