Política

Fracasan priistas tamaulipecos en defensa de Alejandro Moreno Cárdenas “Alito”

Sigue firme la resolución donde el Tribunal Electoral ordenó a la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI, iniciar un procedimiento especial sancionador por violencia política de género

La posible sanción contra Alejandro Moreno Cárdenas “Alito” continúa, luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) desechó tres impugnaciones que la dirigencia del PRI en Tamaulipas presentó para tumbar la medida, ordenada por el Trieltam tras reconocer violencia política de género contra Mayra Ojeda.

La Sala Regional Monterrey determinó que las demandas promovidas por Bruno Díaz, Julianna Garza y Teodoro Molina, quienes fungen como presidente, secretaria general y jurídico del Comité Directivo Estatal (CDE) del tricolor, no eran procedentes pues se presentaron de forma extemporánea y sin firmas autógrafas.

Con ello, sigue firme la resolución donde el Tribunal Electoral de Tamaulipas (Trieltam) ordenó a la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI, iniciar un procedimiento especial sancionador por violencia política de género. La afectada acusa directamente de ello a Alejandro Moreno Cárdenas “Alito”.

Los priistas tamaulipecos argumentaron que el Trieltam excedió sus facultades constitucionales y legales al ordenar la apertura de un procedimiento sancionador, “sin identificar hechos específicos o sujetos responsables”, sin embargo, la agraviada señala al dirigente nacional del partido.

“(La resolución del Trieltam) es contraria al principio de legalidad que debe regir la actuación de todas las autoridades, y puede dar lugar a pesquisas arbitrarias”, aseguró Teodoro Molina.

Como antecedente del caso, se citó que el 6 de diciembre de 2022, la entonces titular de la Secretaría General del Comité Estatal presentó, ante la Secretaría de Finanzas del PRI, incapacidad médica por maternidad, solicitando continuar sus funciones sin asistir presencialmente.

El 12 siguiente, el Comité Ejecutivo Nacional del partido designó, con carácter provisional, a Carlos Ernesto Solís Gómez como presidente del Comité Estatal.

En desacuerdo con lo anterior, el 22 de diciembre, Mayra Ojeda impugnó ante la Comisión de Justicia del partido, la designación realizada por el CEN.

El uno de marzo de 2023, Solís Gómez renunció al cargo, y en consecuencia, la entonces secretaria general asumió la titularidad del Comité.

El 13 del mismo mes, la Comisión de Justicia sobreseyó el medio de defensa partidista, al considerar que quedó sin materia con motivo de un cambio de situación jurídica, pues la entonces promovente fue nombrada presidenta del Comité Estatal.

Inconforme, el 16 de marzo, Ojeda presentó medio de impugnación ante el Tribunal Local, al estimar que la Comisión de Justicia no fue exhaustiva en el análisis de su pretensión.

El 26 de febrero de 2025, el tribunal responsable modificó la resolución partidista y ordenó a la Comisión de Justicia, entre otras cuestiones, que iniciara un procedimiento sancionador contra quien resultara responsable por la presunta comisión de violencia política de género en perjuicio de Mayra Ojeda.

En desacuerdo con lo ordenado por el tribunal local, el 21 de marzo se promovieron tres medios de impugnación de Bruno Díaz, Julianna Garza y Teodoro Molina, pero este tipo de recursos debe presentarse dentro de los cuatro días siguientes a aquél en que se tenga conocimiento del acto o resolución impugnada, o se hubiese notificado conforme a la ley.

La Sala Monterrey acumuló los juicios SM-JDC-60/2025, SM-JDC-61/2025 y SM-JDC-59/2025, desechando de plano las demandas.

Cabe precisar que un procedimiento especial sancionador es un mecanismo jurídico para investigar, sustanciar y resolver infracciones a la normativa electoral. Se activa cuando se presentan denuncias por posibles violaciones a la ley.


SJHN

Google news logo
Síguenos en
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.