El presidente Andrés Manuel López Obrador, el vocero Jesús Ramírez y el Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie) presentaron sendas quejas en contra de la instrucción del Instituto Nacional Electoral (INE) dictada el pasado viernes, en la que se le ordenó al mandatario dejar de emitir comentarios de índole electoral en su conferencia matutina.
Las tres quejas fueron presentadas la noche de este miércoles ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y fueron turnadas a la ponencia del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera.

En la sesión del viernes 30 de junio, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE aprobó por unanimidad imponer medidas cautelares al mandatario por sus declaraciones en la conferencia matutina del 26 de junio, en la que emitió expresiones sobre el proceso interno de la alianza del PRI, PAN y PRD para elegir a su candidato a la presidencia de la República en 2024.
El mandatario emitió diversos comentarios sobre quién, supuestamente, sería el representante del grupo opositor y expresó opiniones sobre el proceso electoral.
“Es una simulación, es una simulación y el candidato o la candidata del bloque conservador que, independientemente de quién sea, ya sabemos que lo que quieren es continuar con la misma política clasista, racista, discriminatoria; lo que quieren es seguir robando, seguir saqueando, seguir ignorando, humillando al pueblo, porque ni modo que le tengan amor al pueblo”, dijo, por ejemplo.
En la resolución de la Comisión se recordó que “la figura del Presidente de la República, al ser la persona encargada de la ejecución de las políticas públicas aprobadas por el Poder Legislativo y de los asuntos del orden administrativo federal o nacional, debe tener un especial deber de cuidado respecto de las expresiones que emite y que puedan derivar en una afectación de los principios de imparcialidad y neutralidad”.
Esto porque “dispone de un poder de mando respecto de los recursos financieros, materiales y humanos de la administración pública”.
Por ello, la Comisión ordenó a López Obrador “que se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato de comunicación oficial, de realizar o emitir manifestaciones como las denunciadas, llamar a votar o no votar por determinados partidos políticos o movimientos electorales, así como expresiones equivalentes”.
Además, se le advirtió que no puede usar recursos públicos en propaganda con fines electorales.
Además, se ordenó a la Presidencia de la República “se abstenga de presentar, difundir, publicar y poner a disposición de la señal satelital, según correspondan sus funciones, cualquier manifestación en la que llame a votar o no votar por un determinado ente político respecto de algún proceso electoral, ya sea refiriéndose a un partido político o movimiento electoral, o expresiones similares que contraríen a las disposiciones constitucionales o fuera de las excepciones que ella establece y que se encuentren prohibidas, así como de aquellas que vulneren los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad, en cualquier espacio o medio de comunicación o usar recursos públicos en propaganda con fines electorales”.
Asimismo, se le ordenó a la Presidencia que en un plazo, que no podía exceder de 24 horas, eliminara o modificara las publicaciones de La Mañanera, en video y por escrito, en cualquiera plataforma oficial, en la parte objeto de pronunciamiento por parte de la Comisión.
LG