Una de las tantas dudas que la elección judicial puso sobre la mesa es si el domingo primero de junio es considerado como día feriado, es decir, de descanso obligatorio para los trabajadores, pues cuando se trata de comicios federales se consideran de asueto.
Si te toca trabajar en domingo, en MILENIO te explicamos si el primero de junio es un día feriado y cómo es que tu empleador debe pagarte en esa fecha.
¿El 1 de junio es día de descanso obligatorio?
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, uno de los días de descanso obligatorio corresponde al que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Sin embargo, en el caso de los comicios para elegir a jueces, ministros y magistrados, se trata de una elección extraordinaria, por lo que no es considerado día festivo.
En los estado de Durango y Veracruz, el domingo primero de junio sí se considera feriado, pues habrán elecciones ordinarias para elegir presidentes municipales, por lo que a las personas que trabajen ese día se les pagará doble más la prima dominical.
????️ El próximo 1° de junio se realizarán elecciones locales ordinarias en los estados de ???? #Durango y #Veracruz.
— STPS México (@STPS_mx) May 29, 2025
✅️ Recuerda que este día sí aplica como día de descanso obligatorio. ???? Revisa toda la información a continuación.???? pic.twitter.com/7YWFd3rhE5
Cabe mencionar que este año tiene ocho fechas festivas para la fuerza laboral, de las cuales, cuatro ya sucedieron.
En ambos escenarios, los trabajadores tiene derecho a contar con tiempo para emitir su voto sin algún tipo de descuento o sanción.
Los que ya pasaron:
- Miércoles 1 de enero, por Año Nuevo.
- Lunes 3 de febrero, por el aniversario de la Constitución (5 de febrero).
- Lunes 17 de marzo, por el natalicio de Benito Juárez (21 de marzo).
- Jueves 1 de mayo, por el Día del Trabajo.
Los que faltan:
- Martes 16 de septiembre, por el aniversario de la Independencia.
- Lunes 17 de noviembre, por el aniversario de la Revolución (20 de noviembre).
- Jueves 25 de diciembre, por Navidad.
¿Cuánto me pagan si trabajo el 1 de junio?
Considerando que esta elección extraordinaria cae en domingo, y tal como lo señala la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores que laboren el primero de junio sólo recibirán la prima dominical, que corresponde al 25% de lo que una persona gana al día.
"Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado", indica el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.
"En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo. Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.", señala el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.
¿Por qué hay votaciones en junio del 2025?
Este año será la primera vez que se elijan cargos del Poder Judicial mediante voto popular, el cambio deriva de una reforma constitucional para modificar su funcionamiento y estructura.
Una de las modificaciones más polémicas es la elección popular de ministros, magistrados y jueces, lo que convierte a México en el primer país en elegir la totalidad de cargos judiciales en las urnas.
De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), organismo encargado de organizar las elecciones, el primero de junio las personas votarán por los siguientes cargos:
- Nueve para la Suprema Corte de Justicia de la Nación (ministros)
- Dos para para la sala superior Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (magistrados)
- 15 para las salas regionales del Tribunal Electoral (magistrados)
- Cinco para el Tribunal de Disciplina Judicial
- 464 para magistraturas de circuito
- 386 para juzgados de distrito
Los ministros de la Suprema Corte podrán durar 12 años en el puesto, los magistrados del Tribunal Electoral podrán permanecer en sus cargos por seis años y para el resto de magistrados y jueces de distrito, la duración será de nueve años.