Por unanimidad, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (IEEM), desechó las dos impugnaciones que se presentaron en contra del convenio de coalición que firmaron los partidos PAN-PRD-PRI para ir juntos en las elecciones de 28 distritos diputados locales y 75 ayuntamientos.
Los magistrados y magistrados consideraron infundados los recursos, por lo que subsiste la unión entre estos tres partidos, tal como la registraron ante el IEEM, aunque los quejosos todavía tienen oportunidad de recurrir ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para una nueva revisión.
El expediente presentado por Enrique Galicia Hernández, en su calidad de representante suplente del partido Morena ante el órgano electoral, señala que los partidos fueron omisos al no brindar detalles y precisiones del convenio, como es el método de selección ni distritos y municipios en que irían juntos.
La ponencia presentada por el magistrado Jorge Muciño Escalona señala que legalmente no están obligados a señalar esta información de manera previa al registro, por lo cual se confirmó el acto impugnado.
El otro caso fue interpuesto por José Agustín Cervantes y otros que se acreditaron como militantes del Partido Acción Nacional, quienes argumentaron que no fueron tomados en cuenta para firmar este acuerdo de coalición.
El magistrado propuso declarar infundado el caso porque se comprobó que el partido convocó a los órganos internos involucrados en tal decisión y fueron firmados correctamente por quien tienen la facultad para ello.
Sobre los argumentos que esgrimieron en cuanto al método de selección de los candidatos, se concluyó que los partidos tienen libre autorregulación y autodeterminación, aunado a que participó el órgano nacional sin violentar sus estatutos.
Sólo falta resolver las impugnaciones presentadas en contra de la coalición conformada por los partidos Morena-PT-NA, lo cual se espera sea en esta misma semana, en la séptima sesión por videoconferencia que realizará el pleno del TEEM.
Falta leve en Metepec
Además, el magistrado Jorge Muciño atendió el caso turnado por la Sala Toluca del TEPJF, del empresario Fernando Gustavo Flores Hernández, quien se anunció en cinco espectaculares y dos vídeos en las redes sociales, por considerar que esto tenía como fin posicionarse entre los electores.
La denuncia fue presentada por Francisco Javier Chávez Vargas, por actos anticipados de campaña, en los municipios de Toluca, Metepec y Mexicaltzingo, de quien después se convirtió en precandidato a la alcaldía de Metepec, por el PAN.
Los magistrados avalaron la ponencia que propuso castigar esta actuación como una falta leve, ya que fueron pocos anuncios, no hubo reincidencia, no se hizo de manera sistemática, se desconoce el periodo que duró la campaña y el grado de penetración a partir de la visualización de los anuncios.
Por esa razón sólo procede una amonestación pública ya que la difusión y el grado de trascendencia del acto no puede considerarse como contundente, por lo que se dará aviso a la Sala Toluca de este fallo, se ordena el retiro del material al autor o en su caso al IEEM.
Amonestación para el PRD
Por otra parte, se amonestó al PRD pro incumplir sus obligaciones de transparencia, a petición del Infoem. La magistrada, Martha Patricia Tovar Pescador, determinó que el partido incumplió con sus obligaciones, pero no hubo dolo, ya que al momento de la falta estaban inmersos en la renovación de su dirigencia estatal.
Ordenó una amonestación pública en estrados del IEEM e Infoem, así como en sus páginas públicas y el diario de mayor circulación; además de entregar la información solicitada; en caso de persistir en la falta se le impondrá una multa.
Del magistrado Víctor Oscar Pasquel Fuentes se atendió el expediente presentado por Daniel Rodríguez González, representante de Fuerza por México en Hueypoxtla, contra el IEEM, por la designación de un vocal en la junta local. El caso se desechó de plano porque el promovente carece de personería.
Asimismo, se declaró infundada el señalamiento de omisión por no haber convocado a elecciones por usos y costumbres en la Legislatura local. El magistrado Raúl Flores Bernal puntualizó que esto no procede a nivel local porque en la entidad la renovación se hace a través de los partidos políticos y por la vía independiente, por lo cual no se vulneran los derechos de las comunidades indígenas.
MMCF