Política

Violencia política de género predomina en municipios de Edomex

En los registros del INE hay 24 mexiquenses sancionados, donde se incluye a cuatro mujeres; casi 90% de los inscritos radican en este ámbito.

En promedio, 87.5 por ciento de los casos de violencia política en razón de género ocurridos en el Estado de México se registran en el ámbito municipal, por violencias de diverso tipo, donde destacan las agresiones en la vía digital y como castigo principal el formular una disculpa pública a la mujer ofendida. 

De acuerdo con el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, del INE, en el país están vigentes 436 sanciones, donde el Estado de México ocupa el quinto lugar con 24, pero lo anteceden tabasco, Chiapas, Veracruz y Oaxaca; en este último con 148 casos actualmente.

Casos de violencia política en Edomex

Del total de casos a nivel nacional, 358 fueron cometidos por hombres, pero existen otros 78 donde las mujeres también ejercen violencia política en contra de otras mujeres. Al menos 12.66 por ciento son de casos registrados en el ámbito nacional, 16.39 por ciento en el estatal y 70.95 por ciento en el municipal.

Los municipios de Morelos, San Antonio la Isla, Ocoyoacac, Texcaltitlán y Amecameca concentran 62 por ciento de los registros del Estado de México, sobre todo el primero, con cinco casos comprobados de violencia política en razón de género.

En el caso mexiquense también hay mujeres violentadoras, en al menos cuatro de los 24 casos que están dados de alta actualmente; el resto son hombres. Destacan ocho funcionarios de elección popular municipal, tres periodistas, siete ciudadanos.

Los tipos de violencia que se cometieron fueron simbólica, sexual, psicológica, mediática, verbal y en varios casos está presente la que ocurre en los medios digitales y las redes sociales, pues entre quienes están exhibidos cuatro perfiles de la red social Facebook.

Faltas son visibles hasta por 6 años

En este registro puede aparecer cualquier persona sancionada por ejercer violencia política contra las mujeres. Si cometen faltas consideradas como leves permanecen ahí tres años, si es una falta ordinaria, cuatro años; falta especial, 5 años; y reincidencia, seis años.

Se consideran agravantes cuando dicha violencia la cometen personas servidoras públicas, aspirantes a una candidatura independiente, personas precandidatas y profesionales de la comunicación.

“Cuando dicha violencia se ejerza en contra de una mujer perteneciente a un pueblo o comunidad indígena, afromexicana, de la tercera edad, personas de la diversidad sexual o con discapacidad”, también se consideran como agravantes para la sanción.

El objetivo de este registro es inhibir este tipo de violencia, que sirva de consulta para que las personas violentadoras no puedan participar en nuevos cargos públicos. Esto a partir de septiembre del 2022 que empezó a operar a partir de las sanciones que quedan firmes en distintos ámbitos.

PNMO

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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