Las y los habitantes de la Ciudad de México (CdMx) (entonces Distrito Federal) adquirieron formalmente derecho a votar para elegir a su Jefe de Gobierno gracias a la reforma de 1996, promulgada ante el “mal manejo priísta” del terremoto de 1985 y el supuesto fraude en las presidenciales de 1988.
Y es que, antes de la modificación, era el Presidente de la República quien designaba y removía libremente no sólo a los titulares de la jefatura capitalina, sino también al Procurador General (hoy Fiscal) y agentes del Ministerio Público capitalinos. Acto que desglosaba el artículo 73 de la Constitución capitalina de 1974, en su 26a reforma, y la segunda fracción del artículo 122 de 1993.

Sin embargo, no fue hasta el 2001 que la iniciativa denominada como “Reforma Política del Distrito Federal”, presentada ante la Cámara de Diputados, propuso conceder al Jefe de Gobierno la facultad de designar a su Procurador General, ratificado por la Asamblea Legislativa.
Actualmente, la capital de la República Mexicana designa a su Fiscal General a través de un proceso en el cual interviene su Poder Legislativo, un Consejo Judicial Ciudadano y el o la Jefa de Gobierno; toda vez que cumpla con los requisitos hoy previstos en la Fracción A del Artículo 43.
¿Qué se necesita para ser fiscal?

La Constitución capitalina desglosa siete requisitos para postularse al cargo de titular de la Fiscal General de Justicia (FGJ) de la CdMx; siendo los primeros dos el contar con la ciudadanía mexicana y 35 años cumplidos para el día de la designación.
La tercera condición obliga a las y los aspirantes a contar con un título profesional y cédula de Licenciatura en Derecho con experiencia mínima de 5 años.
Asimismo, las o los aspirantes no deben contar con condenas por delitos dolosos ni haberse desempeñado en un cargo de elección popular, o de dirección de un Partido Político, un año previo.
“El perfil (...) será de una persona honorable, con conocimientos y experiencia en el ámbito jurídico y de procuración de justicia (...) con una visión de respeto y protección a los derechos humanos, atención a las víctimas y perspectiva de género”.
Una vez en el cargo— y entre sus demás facultades— la o el Fiscal presentará cada año al Congreso un plan de política criminal, en el cual integre: un diagnóstico de la criminalidad y la calidad del trabajo del Ministerio Público, criterios sobre los delitos que se atenderán de manera prioritaria y metas de desempeño para el año entrante.
EL DATO...¿Cuánto dura un fiscal general en CdMx?
La persona titular durará cuatro años en el cargo con posibilidad de ser ratificada por un periodo más a propuesta del Consejo Judicial Ciudadano.
¿Cómo se escoge al Fiscal General de la Ciudad de México?
El procedimiento para renovar la titularidad de la FGJ CdMx inicia dentro del Consejo Judicial Ciudadano, un grupo integrado por once personas—de las que siete serán profesionales del Derecho— encargadas de formular y proponer al Ejecutivo una terna de candidatos.
En los próximos 15 días hábiles, la mandataria remitirá la propuesta de designación entre las personas consideradas a la Mesa Directiva del Congreso para que la turne a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, la cual entrevistará a la o el seleccionado.
Si las y los integrantes de la comisión aprueban la propuesta, ésta volverá a la Mesa Directiva para considerarla en la orden del día de la sesión siguiente del Pleno a efecto de su debate y posterior sufragio. La Ciudad tendrá una o un nuevo fiscal general, toda vez que dos terceras partes del legislativo presente lo avalen; en caso contrario, el Consejo Judicial Ciudadano formulará una nueva terna.
ASG