El Estado de México se convirtió en el primer Congreso en aprobar la llamada Ley Mariana Lima Buendía, con la cual toda muerte violenta sea investigada con perspectiva de género, se sancione a personas servidoras públicas que incurran en omisiones u obstruyan la investigación y se repare el daño, impulsando un cambio cultural, a partir de medidas progresivas y específicas para modificar los patrones culturales y fomentar la educación y capacitación en perspectiva de género y la administración de justicia.
¿Qué reformas se incluirán?
La autora de la propuesta, Jennifer Nathalie González López, resaltó que la iniciativa recogió las propuestas de reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México y al Código Penal del Estado de México, que elaboró la señora Irinea Buendía Cortez, madre de Mariana Lima Buendía y del abogado Pablo Navarrete Gutiérrez, para elevar a rango de ley algunos de los parámetros establecidos en la histórica sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de marzo de 2015, sobre el feminicidio de su hija, hace 15 años.
Subrayó que los tres principales logros son que con esta reforma se va a investigar con perspectiva de género y debida diligencia todas las muertes violentas de mujeres y niñas, para poder acreditar que se trata de un feminicidio, incluidos los suicidios y accidentes.
Se va a sancionar a las personas servidoras públicas que incurran en actos de corrupción al caer en omisiones, negligencias o que obstruyan la investigación y la justicia, y se va a buscar reparar el daño realizado por las autoridades e impulsar un cambio cultural.
También resaltó el trabajo de Irinea Buendía, quien desde el dolor y sufrimiento de una madre que no ha parado de luchar por justicia para su hija en estos casi 15 años, se ha avanzado para que ningún feminicidio sea ocultado con un suicidio o de alguna otra manera que se evada la justicia.
En el dictamen fue considerado pertinente el señalamiento de que en las investigaciones penales de los feminicidios se han identificado tres principales deficiencias, consistentes en: pérdida de evidencias relacionadas con los hechos por parte de las personas servidoras públicas, falta de exhaustividad en las investigaciones, así como la falta de comprensión y aplicación correcta de la perspectiva de género.
“En este contexto, como lo hace ver la iniciativa, las violaciones más graves a los derechos de las mujeres suelen ser en materia de derecho penal, de ahí la necesidad de fortalecer el marco normativo para que las autoridades responsables de la investigación y procesamiento del feminicidio puedan rendir cuenta de sus actos u omisiones en los que puedan incurrir y que, derivado de ellos, se afecte el acceso a la justicia de las familias de las víctimas de feminicidio”, indica el documento avalado en el pleno.
¿Cuándo entrarán en vigor las reformas?
Las reformas entrarán en vigor en cuanto se publiquen en la Gaceta de Gobierno. Eso obligará a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México a investigar con perspectiva de género y debida diligencia todas las muertes violentas de mujeres y niñas, bajo el protocolo del feminicidio.
Y se estipula que comete el delito el servidor público de la Procuración y Administración de Justicia, quien, estando obligado a investigar y/o sancionar un delito cometido contra una mujer por razones de género, incurra en actos de corrupción, omisiones, negligencias u obstruya la investigación o la administración de justicia, en perjuicio del derecho de la víctima u ofendido a la verdad, la justicia y/o la reparación del daño.
En este caso se impondrán de cuatro a diez años de prisión, de 100 a 150 días multa y la destitución e inhabilitación que corresponda a quien infrinja la norma.
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