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PAN en Guanajuato apoyará sancionar las terapias de conversión sexual, pero pide ajustes en la redacción de la ley

PAN en Guanajuato se pronuncia a favor de sancionar las terapias de conversión sexual, pero condiciona su voto a una redacción más precisa de la iniciativa impulsada por Morena.

Los diputados del PAN en Guanajuato votarán a favor de prohibir y sancionar en el estado las llamadas “terapias de conversión sexual” o terapias de “Esfuerzos para Corregir o Cambiar la Orientación Sexual y la Identidad de Género” (ECOSIG).

Sin embargo, no respaldarán la redacción actual propuesta por Morena, ya que consideran necesario definir y precisar con claridad las conductas que serán tipificadas como delito, señaló el coordinador de la bancada panista, Jorge Espadas.

Dicha iniciativa forma parte de las presentadas por Morena relativas a la protección de los derechos de la comunidad LGBTIQ+, se prevé que pudiese ser llevada a votación del pleno en la sesión del 26 de junio, no obstante, al igual que el matrimonio igualitario la propuesta de reforma aún se encuentran pendiente de dictaminación por parte de la Comisión de Justicia.

“Toda terapia que lesione la dignidad de la persona tiene que ser solucionada, y eso es una base ideológica del PAN. Toda persona que sea lesionada en su integridad, en su dignidad y en su ser humano, a través de ese tipo de terapias, tiene que ser sancionado. Sólo tenemos que cuidar muy bien cómo lo redactamos, porque si revisamos cómo va la iniciativa y cómo está la legislación penal federal, vamos a ver que hay útiles diferencias y tenemos que tener en claro cada concepto que se vaya a establecer en el Código Penal”, expresó el legislador.

Espadas insistió en la importancia de perfeccionar la redacción de la iniciativa, y subrayó que la norma penal debe contemplar diversos escenarios, dependiendo de quién cometa el delito.

“En la penalización de conductas, tratándose de distintos sujetos activos —por ejemplo, si yo lo hago a mi hijo, en un tema de que como papá desconozco y soy ignorante, y lo llevo a una terapia sin dimensionar hasta dónde es una terapia de conversión o no—, no es lo mismo que si lo hago con mi amigo, o lo hago con mi hijo adulto, o con mi hijo menor. Son circunstancias tan diferentes, y la norma penal debe atender a las distintas circunstancias”, explicó.

Actualmente, en la Comisión de Justicia del Congreso del Estado se analizan dos iniciativas de reforma al Código Penal de Guanajuato en esta materia.

La primera plantea sancionar a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género. Esta propuesta contempla tipificar dichas prácticas como delito y sancionarlas con penas de uno a tres años de prisión, de cincuenta a doscientos cincuenta días de multa, e inhabilitación del ejercicio profesional por el mismo tiempo.

La segunda iniciativa busca incorporar un nuevo tipo penal bajo el título “Delitos Contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas”. Propone imponer de dos a seis años de prisión y multas de mil a dos mil UMAs a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie este tipo de prácticas.

Aunque se prevé que estas propuestas podrían llegar al Pleno del Congreso para votación en la sesión del próximo 26 de junio, ambas iniciativas aún se encuentran pendientes de dictaminación en la Comisión de Justicia.

Cabe destacar en marzo de 2024 el Congreso de la Unión aprobó sancionar este tipo de terapias, tipificándolas como delito en el Código Penal Federal y la Ley General de Salud con penas de dos a seis años para quien aplique Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género, en dicha ocasión la bancada de Acción Nacional en San Lázaro se abstuvo de votar


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Wendoline Adame
  • Wendoline Adame
  • Licenciada en Ciencia Política y maestra en Dirección de la Comunicación. Escribo sobre Política, Gobierno y Sociedad.
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