Comunidad

En Nuevo León, la corrección de menores con violencia ya no será justificada

Los padres o tutores deben desempeñar una crianza positiva y de respeto, según se establece en una reforma integrada a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños, y Adolescentes.

Al entrar en vigor diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños, y Adolescentes, se establece que la correcciones con violencia a los infantes de Nuevo León no serán justificadas.

De acuerdo con una reforma integral a la normativa citada, establece que los padres, madres o tutores deben desempeñar una crianza positiva y de respeto.

"De conformidad con este derecho, la educación, la crianza, la corrección de niñas, niños y adolescentes no pueden ser considerados como justificante para tratarlos con violencia, asimismo deberán ser cuidadosos, protegidos, guiados y formados mediante una crianza positiva y respetuosa de todos sus derechos", detalla el artículo 48.

Dentro de la misma normativa establece que tampoco pueden afectar a los menores con afectaciones psicológicas.

"Abstenerse de cualquier atentado contra su integridad física, psicológica o actos que menoscaben su desarrollo integral y, en su lugar, ejercer practicas de crianza positiva. El ejercicio de la patria potestad, la tutela o la guardia y custodia de niñas, niños y adolescentes no podrá ser justificación para incumplir la obligación prevista en la presente fracción", detalla el artículo 121.

En septiembre pasado, la diputada local de Morena, Berenice Martínez, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal de Nuevo León para castigar de 2 a 10 años de cárcel a quienes agredan a menores de edad como corrección.

En esa fecha, Martínez dijo que la iniciativa propone que en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes se incluya el término trato humillante y que los tratos crueles e inhumanos se contemplen como maltrato infantil.

“Las consecuencias de la violencia son devastadoras, no solo trae como consecuencia inmediata el sufrimiento, sino que produce graves repercusiones sociales y trastornos del desarrollo cerebral temprano. Estos efectos negativos se ven reflejados a través de diversas formas, es muy probable que las personas que hayan sido víctimas de maltrato en la infancia repliquen dichas conductas y generen círculos intergeneracionales de maltrato.
“El reconocimiento de la violencia, el interés superior de la niñez  y la titularidad de derechos de niñas, niños y adolescentes se fundamentan constitucionalmente a nivel federal y estatal, además de leyes secundarias específicas y en instrumentos internacionales para México como la Convención sobre los Derechos del Niño; se exigen velar por el bienestar integral de las personas en desarrollo y condenan la violencia en su contra así como, la vulneración de sus derechos”, señaló.

De igual forma, esta propuesta busca sancionar por la vía penal a quien retenga, oculte, amenace, ponga en peligro o promueva mecanismos jurídicos y no jurídicos para retrasar, obstaculizar, limitar e impedir la convivencia del menor con cualquiera de sus progenitores.

Actualmente, son siete estados que tipifican el delito de maltrato infantil: Chihuahua, Colima, Jalisco, Oaxaca, Sonora, Tlaxcala y Veracruz (las penas corporales van desde 1 hasta 12 años de prisión). Estos estados también contemplan en sus códigos punitivos el delito de violencia familiar.

grt

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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