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Automovilistas captan a joven patinando y otro más en scooter sobre avenida Gonzalitos

Uno de los hombres circulaba en patín a la altura de una plaza comercial, mientras que a su lado iba una patrulla de Tránsito, aunque se desconoce si le aplicó alguna sanción.

En una de las vialidades más transitadas de la ciudad de Monterrey y en momentos diferentes, dos jóvenes fueron grabados en video por automovilistas cuando paseaban en patines y un scooter en carriles de avenida Gonzalitos.

Uno de los videos es el de un hombre circulando en un patín por el carril derecho a la altura de la famosa plaza comercial Galerías Monterrey. A su lado iba una patrulla de Tránsito municipal, quien con las luces le indicó que se orillara, aunque hasta el momento se desconoce si se le aplicó alguna sanción.


Otro clip generó controversia luego que una joven decidió patinar en la misma avenida Gonzalitos, pero de noche. Aunque tenía su casco, rodilleras y demás equipo protector, la mujer circulaba por el carril derecho, a la altura del monumento a las víctimas del Huracán Gilberto.

“México, donde la realidad supera al internet”, escribió un dermatólogo en su cuenta de Instagram.

¿Qué dice el reglamento de Tránsito de Monterrey?

De acuerdo al reglamento, ambos ciudadanos no cumplieron la normativa, ya que no está permitido circular con estos aparatos en avenidas.

El artículo 14 habla sobre las prohibiciones a los peatones, quienes no deberían realizar actividades deportivas o de esparcimiento en la superficie de rodamiento, es decir, sobre la acera, sin la autorización expedida por la autoridad competente, lo que significa que no deberían circular por los carriles de dicha vialidad.

También se habla que los vehículos recreativos son aquellos utilizados para actividades lúdicas y deportivas como patines, patinetas, patines del diablo y bicicletas.

Aunque cabe mencionar que quienes circulen en patines eléctricos por las avenidas no son acreedores de ninguna sanción, más que una llamada de atención, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito y Vialidad de Monterrey.

Además, según la Ley de Movilidad de Nuevo León, los vehículos no motorizados como bicicletas, monopatines y otros sin motor de combustión interna, los cuales no superen los 25 kilómetros por hora como velocidad máxima y el peso sea menor a 35 kilogramos, no aplican para el registro de vehículos, a menos que el usuario necesite hacerlo por motivo de robo o extravío.

mrg

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Marbella Rivera
  • Marbella Rivera
  • Egresada de la licenciatura en Comunicación por la UANL. Me desempeño como editora web en MILENIO. Amante de los conciertos y la música, siempre en busca de una nueva aventura.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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