Carlos Millán, creador del canal educativo de YouTube: "El Derecho explicado por el Doctor Millán", presentó una solicitud formal ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para establecer un nuevo y trascendental criterio jurisprudencial.
En entrevista exclusiva con MILENIO, explicó que el objetivo principal de dicha petición es que la sentencia dictada por un juez familiar o civil sobre una sucesión sirva directamente como título de propiedad, eliminando la obligación de pagar por una protocolización notarial.
¿Cómo funciona actualmente un juicio para herencia?
Actualmente, cuando una familia concluye un juicio para heredar los bienes de un familiar fallecido, la ley exige que la adjudicación pase por la revisión y el cobro de un notario público.
Este requisito representa un gasto económico elevado que frecuentemente oscila entre 10 y 15 por ciento del valor total del inmueble. Como resultado, millones de familias mexicanas de clase trabajadora se quedan sin poder registrar su patrimonio al no tener los recursos suficientes para pagar este último trámite.
La petición ciudadana argumenta que exigir la intervención de un notario privado después de que un juez ya evaluó las pruebas, dictó sentencia y resolvió el caso, es un exceso burocrático.
Los jueces, respaldados por sus secretarios de Acuerdos, ya cuentan con fe pública judicial, por lo que su resolución debería ser completamente válida para inscribirse de manera inmediata en el Registro Público de la Propiedad o en el Instituto de la Función Registral.
¿Cómo operaría la petición del Doctor Millán?
Para explicar la viabilidad de la propuesta, el Doctor Millán hace una comparación clara con el juicio de usucapión. En dicho procedimiento, cuando el juez declara que una persona ha adquirido un inmueble, la propia sentencia sirve como título de propiedad y se inscribe directamente, sin necesidad de pasar por una notaría. La solicitud plantea que los herederos legítimos deben recibir este mismo trato legal, garantizando el principio de igualdad.
El impacto social de esta medida sería inmediato y profundo. Al eliminar el requisito del notario, las familias tendrían un ahorro financiero directo de al menos 40 por ciento en el costo total del juicio sucesorio y de 60 por ciento por cada inmueble a regularizar.
Además, esto beneficiaría la recaudación de los ayuntamientos, ya que los ciudadanos contarían con el dinero disponible para acudir a las tesorerías municipales a pagar directamente sus impuestos, como el traslado de dominio y el predial.
Con esta acción ciudadana, se busca democratizar el acceso a la propiedad privada y hacer valer el derecho a una vivienda digna.
La solicitud, fundamentada en la Constitución y los derechos humanos, pide también a la SCJN que permita exponer estos motivos técnicos y sociales en una audiencia bajo la figura de Amicus Curiae (Amigo del Tribunal), abriendo el debate a favor de los sectores más vulnerables del país.
Si un juez ya determinó quién es el legítimo heredero, ¿es justo seguir condicionando la seguridad de su patrimonio al pago de un trámite privado?
KVS