Política

No ha prescrito la acción penal contra la ex dirigente del SNTE, asegura el procurador

A través de un amparo se bajó la ficha roja por la que se le busca

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El encargado del despacho de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH), Francisco Fernández Hasbun, señaló que para la Procuraduría no ha prescrito la acción penal por la que se busca a la ex líder Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) en el estado, Mirna García López.

“Nosotros tenemos actos de investigación, no tiene por qué prescribir, a nuestro criterio (la acción penal) no alcanza prescripción”, dijo.

Reveló que García López obtuvo un amparo a través del cual se bajó la ficha roja de la Interpol por la que se le busca en otros países y apuntó que la dirigencia nacional del SNTE interpuso un amparo para que la acción penal no prescriba.

Mirna García es señalada por el presunto delito de fraude por 123 millones 928 mil 285 pesos en detrimento del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación en 2014.

“Seguimos con los actos de investigación”, aseguró el encargado del despacho de la Procuraduría, “nosotros hemos estado informando constantemente, mes a mes, a la víctima, el SNTE a nivel nacional”.

La exsecretaria general de la Sección XV fue detenida en diciembre de 2014 y permaneció recluida en el Centro de Reinserción Social (Cereso) de Pachuca hasta septiembre de 2015 cuando obtuvo un amparo para continuar su proceso en libertad. En mayo de 2016 el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito revocó esa determinación y ordenó su reaprehensión, sin embargo, hasta el momento no ha sido detenida.

“Siempre la hemos estado buscando, cualquier persona que tiene una orden de aprehensión hay un grupo especializado de aprehensiones que se encarga de abatir las órdenes de aprehensión”, subrayó Francisco Fernández.

Precisó que el amparo que promovió el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación es para que no prescriba la acción penal en contra Mirna García, “es un tema que se va a resolver con el amparo”.

La prescripción

El Código Penal para el estado de Hidalgo establece que la prescripción es personal y consiste en la extinción de la acción penal o de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad, por el transcurso del tiempo señalado por la Ley. No correrán los plazos para la prescripción cuando exista algún impedimento legal para el ejercicio de la acción penal o para ejecutar las penas impuestas.

Precisa que los plazos para la prescripción de la acción penal serán continuos y se contarán: a partir del momento en que se consumó el delito, si fuere instantáneo; a partir del día en que se realizó el último acto de ejecución u omisión, si se tratare de tentativa de delitos; desde el día en que se realizó la última conducta tratándose de delito continuado; y desde la cesación de la consumación en el delito permanente.

La prescripción de la acción penal se interrumpirá por dos acciones, la primera: con la aprehensión del inculpado y en todo caso en que éste se encuentre sujeto a proceso. Si el inculpado se sustrae de la acción de la autoridad, el término de la prescripción correrá a partir del día siguiente.

La segunda, por las actuaciones que se realicen para la averiguación del delito. Si se dejare de actuar la prescripción comenzará a correr de nuevo el día siguiente al de la última actuación.


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Alejandro Reyes
  • Alejandro Reyes
  • Reportero desde 2009. Mi labor es cuestionar; lo mejor de este oficio son las crónicas y las historias.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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