Con 27 votos a favor, ocho en contra y una abstención, la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto para prohibir los cigarrillos electrónicos y vapeadores, e imponer sanciones de uno a ocho años de prisión a quienes trasgredan esa disposición.
Las reformas a la Ley General de Salud prevén igualmente multas de hasta dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (226 mil 280 pesos).
La comisión turnó el dictamen a la Mesa Directiva en el Palacio de San Lázaro, con el fin de discutirlo en el pleno.
¿Qué propone la reforma?
Avalada por Morena y sus aliados, la reforma prohíbe la adquisición, preparación, conservación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos.
Asimismo, “quedan prohibidos todos los actos de publicidad o propaganda, para que se consuman cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, a través de cualquier medio impreso, digital, televisivo, radial o cualquier otro medio de comunicación”, puntualiza.
A propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum, a quien realice alguna de las referidas conductas “se le impondrá de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de cien a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.
ESTO DICE LA REFORMA¿Qué son los vapeadores?
El dictamen define los cigarrillos electrónicos y vapeadores como aparatos o sistemas mecánicos, electrónicos o de cualquier tecnología para calentar, vaporizar o atomizar sustancias tóxicas, con o sin nicotina, diferentes al tabaco, susceptibles de ser inhaladas por la persona consumidora.
Según la comisión dictaminadora, con la prohibición se busca reforzar la protección de la salud de la población, especialmente de los jóvenes, e incorporar mecanismos claros de inspección, control y sanción administrativa para asegurar el cumplimiento de la norma.
Se prohíbe igualmente la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos y drogas sintéticas no autorizadas legalmente, así como el uso ilícito del fentanilo.
EHR