Policía

SCJN rechaza atraer caso de hermanos absueltos tras pasar 15 años en prisión; los acusaron de formar parte de Los Zodiaco

La Suprema Corte decidió no atraer el amparo promovido por los hermanos Islas Martínez.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó ejercer su facultad de atracción para conocer el amparo de los hermanos Leonardo y Esteban Herminio Islas Martínez, quienes pasaron 15 años en prisión tras ser señalados de formar parte de la banda de secuestradores Los Zodiaco, mismos que fueron absueltos de todos los delitos en 2023.

Los quejosos iniciaron acciones legales el 10 de enero de 2024 y solicitaron al Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal de la Ciudad de México y otras autoridades, el pago de indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado y el deber de reparar la violación de los derechos humanos, como consecuencia de la afectación a su libertad personal por la actividad irregular del Estado.

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito solicitó a la Corte atraer el asunto ante la trascendencia del caso.

Hoy, tras la lectura que hizo el secretario de acuerdos del Pleno de la Corte sobre la petición del Tribunal Colegiado, ningún ministro levantó la mano a favor de conocer el asunto. Ahora, el tema regresará al Tribunal Federal de la Ciudad de México para que resuelva el asunto, mismo que en el futuro podría volver al máximo tribunal del país.

Lo interesante del asunto, es que la liberación de los hermanos derivó de una sentencia de la extinta Primera Sala de la Corte que revocó resoluciones y ordenó a un Tribunal a emitir un nuevo pronunciamiento en sus casos.

Cronología del caso

Leonardo y Esteban Herminio fueron detenidos el 14 de junio de 2008, por la entonces Policía Federal que dependía del secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna.

La captura se realizó en cumplimiento a una orden de localización y presentación emitida por la Unidad Especializada en Investigación de Secuestros de la Subprocuraduría de Investigación Especializada (SIEDO) de la entonces Procuraduría General de la República (PGR).

El 22 de febrero de 2010, un juez federal los condenó por considerarlos penalmente responsables de los delitos de delincuencia organizada y secuestro agravado y les impuso una pena de184 años de cárcel. Los hermanos apelaron y su sentencia fue reducida a 128 años y 6 meses de prisión.

Ante esta situación promovieron un amparo directo y un Tribunal Federal los amparó y ordenó dejar sin efecto la sentencia para que se dictara una nueva resolución dejando fuera las pruebas que fueron obtenidas de manera ilícita y dio vista a la PGR para que investigará la posible tortura.

Inconformes, los hermanos impugnaron una vez más y el asunto llegó a la Corte en donde la Primera Sala revocó la sentencia del Tribunal y le ordenó dictar una nueva resolución bajo ciertos parámetros.

En consecuencia, el 13 de enero de 2023, el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito declaró absueltos a los quejosos y ordenó su inmediata libertad, la que se materializó ese mismo día.

AG

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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