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Samsung busca tumbar deuda de más de 13 mdp con el SAT; Corte rechaza atraer recursos

La compañía promovió un juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

La Segunda Sala Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó ejercer su facultad de atracción para conocer los recursos interpuestos por la empresa Samsung Electronics México y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Samsung busca tumbar un pago de 13 mil 500 millones de pesos que reclama el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por la presunta omisión de la retención del IVA en importaciones en maquila, por utilizar la facilidad de “retorno virtual de mercancías”.

La ministra Lenia Batres Guadarrama hizo suyas las peticiones y planteó el tema a la Sala, pero la semana pasada se registró un empate.

¿Quién dio el voto decisivo?

El miércoles 30 de abril, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, integrante de la Primera Sala, acudió a la sesión para emitir el voto decisivo en este asunto.

“Estoy en contra del proyecto, me parece que la Ley de Amparo no regula el recurso de revisión fiscal, por lo tanto, no comparto el fundamento en que se expresa en el proyecto”, declaró.

Ahora, el asunto tendrá que desahogarse en el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. El fallo que emita, aún podrá ser impugnado y el caso podría llegar a la Corte ya en última instancia.

De acuerdo con los antecedentes, el SAT determinó a la empresa coreana dos créditos fiscales por concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) como retenedor, actualización, recargos y multas, correspondiente a los ejercicios fiscales 2014, 2015 y 2016.

La compañía promovió un juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), el cual declaró la nulidad de las resoluciones impugnadas, principalmente, porque consideró que no estaba obligada a la retención del IVA.

Esto debido a que la mercancía no se encontraba en territorio nacional, pues estaba amparada bajo la figura de “retorno virtual”.

Promueven juicio de amparo

A pesar de haber obtenido la nulidad de las resoluciones impugnadas, la empresa promovió un juicio de amparo directo en contra de la determinación del TFJA, con el objetivo de reclamar la inconstitucionalidad del artículo 1-A, segundo párrafo de la Ley del IVA.

Por considerarlo violatorio de los principios de proporcionalidad, equidad, legalidad tributaria, seguridad jurídica y rectoría económica del Estado.

Asimismo, reclamó diversos numerales de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015 y 2016; sin embargo, posteriormente, la quejosa desistió de la demanda de amparo.

Por su parte, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el SAT interpusieron un recurso de revisión fiscal, porque a su decir, el TFJA determinó erróneamente que la enajenación realizada por la empresa, fue realizada fuera del territorio nacional y que en consecuencia, no estaba obligada a la retención del IVA por dicha enajenación.

Asimismo, solicitaron a la Corte que ejerciera su facultad de atracción para conocer del recurso, porque a su consideración, el asunto reúne los requisitos de importancia y trascendencia.


RM


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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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