La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió varias recomendaciones al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Mikel Andoni Arriola Peñalosa, por inadecuada atención médica atribuible a dos médicos en el Hospital General Número 8 de Uruapan, Michoacán.
Esto, luego de observar violencia obstétrica, así como violaciones a los derechos humanos, a la salud, a la información en materia de salud, y a la vida de una mujer de 33 años y su bebé, quien falleció nueve horas después de nacer.
Entre las evidencias del expediente CNDH/4/2015/4099/Q, la CNDH constató que, a pesar de que la paciente presentaba un embarazo de alto riesgo desde su ingreso al Hospital General, los médicos omitieron solicitar oportunamente la práctica de una cesárea.
Esto ocasionó el desarrollo de complicaciones para el bebé y disminuyó su posibilidad de supervivencia.
Los hechos
Según el recuento de la CNDH, el 20 de abril de 2015 la mujer acudió alrededor de las 1:00 horas al Área de Urgencias del Hospital General debido a que cursaba un embarazo de 27 semanas de gestación y presentaba ruptura de fuente.
La paciente fue ingresada al área de tococirugía y un médico le hizo saber que su estado era delicado, porque su bebé 'venía muy pequeño' y el nosocomio no contaba con los aparatos necesarios para tratar recién nacidos prematuros.
Posteriormente, personal médico le ofreció operarla en ese momento con el riesgo de que el bebé perdiera la vida, por la falta de equipo médico, o trasladarla a un hospital de Morelia. La quejosa y su esposo firmaron un documento que autorizaba la segunda opción.
Sin embargo, el traslado de la mujer no se llevó a cabo porque el hospital de Morelia no tenía cupo.
Entonces, a las 16:20 horas un segundo médico informó a la madre de la agraviada que la paciente sería operada porque su vida estaba en riesgo y el bebé estaba próximo a nacer.
A las 17:00 horas se le practicó a la mujer una cesárea y nació una niña con un peso de 840 gramos y una talla de 39 centímetros que falleció a las 2:00 horas del 21 de abril del 2015.
Las violaciones a los DH
Según la CNDH, debido a que los médicos no llevaron a cabo una adecuada vigilancia materno-fetal, incumplieron la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA-2016 "Atención de la Mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y Procedimientos para la prestación del servicio",
Asimismo, el personal médico del Hospital General incumplió varios artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General de Salud, del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS, así como de la Declaración Americana de los Derechos Humanos, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros.
Por lo anterior la CNDH instó a que el Órgano Interno de Control del IMSS proceda contra el personal involucrado en los hechos.
Así mismo, a reparar el daño a la agraviada y a su esposo –incluyendo una indemnización o compensación–, se proporcione a ella atención médica y psicológica de seguimiento, así como otras medidas de capacitación y sensibilización de funcionarios y médicos.
En un comunicado el IMSS refirió que al tener conocimiento de lo ocurrido en junio de 2015, la Institución tomó "diversas medidas preventivas y correctivas, a fin de evitar hechos similares".
En tanto, la Dirección General del IMSS instruyó a las oficinas centrales y a la Delegación en Michoacán el cumplimiento de todos los puntos contenidos en la recomendación.
ERM