Policías de la Ciudad de México detuvieron a una mujer de 18 años de edad y un menor de edad presuntamente implicados en el robo de un vehículo de alta gama estacionado en un hotel, ubicado en la alcaldía Gustavo A. Madero.
Los oficiales capitalinos recibieron el reporte de robo por frecuencia de radio, por parte del Centro de Comando y Control (C2) Norte, por lo que se trasladaron al establecimiento ubicado en la esquina de las calles Noé y Otilia, colonia Guadalupe Tepeyac.
¿Qué dijo el dueño del vehículo?
En el lugar de los hechos, los policías se entrevistaron con el dueño del vehículo, un hombre de 26 años de edad, quien denunció que se reunió con varias personas en el hotel y posteriormente se quedó en el lugar para descansar.
Sin embargo, al despertar se percató de que su vehículo, color negro, ya no se encontraba en el estacionamiento.
“Con los datos proporcionados, el denunciante indicó que mediante el sistema de geolocalización GPS ubicó el automóvil en la colonia Nueva Atzacoalco, en la misma alcaldía, por lo que los policías se trasladaron al punto señalado”, informó la SSC.
En el lugar, las autoridades encontraron a la mujer y al menor de edad a bordo del vehículo, del cual no pudieron acreditar la legal propiedad de la unidad.
Por esto, las dos personas fueron detenidas; mientras que el dueño del vehículo reconoció su automóvil y solicitó proceder legalmente en contra de los presuntos responsables, quienes fueron trasladados ante el Ministerio Público.
¿Cuál es la pena por robo?
Para fines legales, en el artículo 369 del Código Federal se menciona que, el robo se da por consumado desde el momento en que el ladrón tiene en su poder el objeto que no es de su pertenencia; aun cuando la abandone o lo desapoderen de ella.
En cuanto a la fijación del valor de lo robado, así como la multa impuesta, se tomará en consideración el salario en el momento de la ejecución del delito, se lee en el artículo 369 Bis.
La pena por robo es de hasta dos años de prisión siempre y cuando el valor de lo hurtado no exceda de cien veces el salario; de lo contrario se impondrán penas de hasta cuatro años y 10 cuando el valor de lo robado exceda quinientas veces el salario.
Mientras que las multas van desde cien hasta quinientas veces el salario.
Sin embargo, en el artículo 372 se especifica que en caso de que el robo se lleve a cabo con violencia, la pena puede aumentar de seis meses a cinco años de prisión; mientras que si el acto ilícito constituye otro delito, se aplicarán las reglas de la acumulación.
RM