La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó el camino libre para que se dicte una nueva sentencia que podría beneficiar a Vicente Patiño Albarrán, quien envenenó con una salchicha a Athos, Tango y Balam, perros que recibían entrenamiento en la Cruz Roja de Querétaro, muriendo los dos primeros en 2021.
Por unanimidad, la Corte desechó el recurso de revisión interpuesto por el paramédico Edgar Martínez Olguín, quien impugnó la resolución dictada el 30 de octubre de 2025 por el Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, en la cual se amparó al responsable.
El ministro Irving Espinosa Betanzo propuso desechar el recurso por no existir temas de constitucionalidad que estudiar.
Es de mencionar que la sentencia del Tribunal abrió la puerta para que Vicente pueda enfrentar una condena de cuatro años y no de diez años y seis meses de cárcel, la cual podría ser conmutable con un pago de diez mil pesos.
También hay la posibilidad de que pueda verse beneficiado con la reducción de la condena por reparación del daño, es decir, con una cifra menor a los 2 millones 145 mil 479 pesos que se le impuso originalmente.
Caso llega a la Corte por segunda ocasión
Esta es la segunda vez que el asunto llegó a la Corte. El 30 de octubre de 2024, la extinta Primera Sala resolvió un tema de constitucionalidad, fijando una jurisprudencia sobre el tema del maltrato y crueldad animal.
Los ministros analizaron las diferencias entre los delitos de maltrato y crueldad. El primero, dijeron, ocurre cuando una acción u omisión causa dolor o sufrimiento sin intención. En la crueldad, hay una voluntad de causar ese dolor o sufrimiento, a veces buscando placer o beneficio.
La Sala consideró que la imposición de una pena mayor en los delitos cometidos contra animales por la de la utilización de métodos crueles no implica una doble sanción para el autor del delito, pues el uso de dichos métodos no solo aumenta el sufrimiento físico y psicológico del animal, sino que también degrada su dignidad.
Tras el pronunciamiento de la Corte, el asunto fue devuelto al Tribunal Federal para analizar temas de legalidad y emitir su sentencia.
Reducción de sentencia
En octubre pasado, el Tribunal Colegiado resolvió amparar a Vicente y ordenó dejar sin efecto la condena de diez años seis meses de prisión, así como el monto del pago por reparación del daño.
El colegiado detalla que está acreditado que, en las dos primeras instancias del juicio, se dejó claro que los perros agraviados formaban parte de una manada de perros, cuyo dueño tiene como ocupación el entrenar o adiestrar canes para actividades de rescate.
Empero, eran animales domésticos, porque Athos (un Border Collie) y Tango (un Yorkshire) y Balam dependían completamente de él para su subsistencia y habitaban en su domicilio.
En el juicio se hizo referencia a que las actividades que realizaban dichos caninos no eran lucrativas, quedando también probado que por su colaboración en desastres naturales (sismos, erupciones volcánicas, cuerpos de agua, etcétera) no recibían algún pago o lucro, sino que era una actividad altruista y voluntaria.
“De tal modo que, no por el hecho de que los canes agraviados se desempeñaran como perros rescatistas o de apoyo emocional, significa que adquirieran la condición exclusiva de animales de trabajo o herramientas de trabajo; pues a pesar de tener esa condición, la Sala (del Tribunal Superior de Querétaro) responsable en todo momento consideró que los caninos debían ser clasificados como animales domésticos”.
Reparación del daño
En un principio, al quejoso se le condenó al pago de 2 millones 145 mil 479 pesos como reparación del daño, pero ese monto podría ser menor.
El Tribunal Federal consideró que no está debidamente justificado el monto de la condena, ya que se basó en el testimonio de dos médicos veterinarios, así como del subcoordinador nacional de socorros de la Cruz Roja.
El amparo ordena a la justicia local de Querétaro a pronunciarse sobre la individualización de la pena y del grado de culpabilidad del sentenciado y resolver lo que en derecho proceda, en relación con la imposición de las penas de prisión y sanción pecuniaria. También que se reitere la condena a la reparación del daño.
ROA