Vecinos de la comunidad de San Felipe a Hueyotlipan, Puebla, amenazaron con linchar a una familia de presuntos delincuentes, lo cual generó un fuerte operativo policial en la zona.
Durante la tarde del lunes 12 de enero, a través de redes sociales y grupos de WhatsApp y Facebook, civiles llamaron a sus vecinos a reunirse frente al panteón de la comunidad para “linchar (sic)” a una familia.
Acusan a la familia de delincuentes
Según los denunciantes, dos hombres y una mujer, serían los presuntos responsables de cometer múltiples robos y asaltos en Hueyotlipan, hechos que asocian de manera directa con esta familia a quien aseguraban “iba a darle su merecido (sic)”.
Por otra parte, la difusión y respuesta que tuvo este llamado, alertó a las autoridades locales, por lo que incluso se reportó que el presidente auxiliar acudiera al domicilio para dialogar con los civiles inconformes.
Mientras tanto, agentes de seguridad se desplegaron por la vialidad en cuestión para resguardar la zona y evitar confrontaciones de violencia, lo cual generó inconformidad entre los pobladores que acusaron estos actos como “defensa de delincuentes”. Finalmente, los protestantes se dispersaron y no se reportó ningún acto de violencia.
Diferencia entre justicia por mano propia y legítima defensa
La Real Academia Española considera a los linchamientos como acciones que consisten en ejecutar, sin proceso, a un sospechoso o a un reo tumultuariamente (acción en la que participan más de tres individuos).
De acuerdo con un artículo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) publicado en 2002, el linchamiento es un fenómeno que se ha multiplicado en los últimos años, sin embargo, su apogeo comenzó entre los años 1995 y 1996 cuando se rescataron a 26 personas de ser linchadas, mientras que se reportaron 21 muertes a causa de la justicia propia.
En el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece que “ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho".
Esto considerando que la ley en México es únicamente aplicable por el Estado, con el fin de evitar lo anteriormente referido.
La manera en la que se castiga la justicia propia en realidad tiene que ver con la gravedad de las acciones, por lo que cada delito que se suscite durante un linchamiento está tipificado por la ley, ya sea como homicidio, tentativa de homicidio o el delito por incidir en lesiones.
Por su parte, el penalista de la UNAM, Gerson Rodríguez, explicó que en derecho existe un término al que se le conoce como “legítima defensa”, el cual significa:
“Una causa de exclusión de la antijuricidad, es decir, es una causa eximente de responsabilidad penal que se aplica cuando se realiza una acción punible (merece un castigo) para impedir o repeler una agresión ilegítima a una persona o a derechos, ya sean propios o ajenos”.
En el Código Penal de la Ciudad de México se establece en el artículo 29, las condiciones bajo las cuales un delito puede ser excluyente de penas, bajo causas justificadas, entre ellas la legítima defensa.
Artículo 29 (B): “Se repela una agresión real, actual o inminente y sin derecho, en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa empleada y no medie provocación dolosa, suficiente e inmediata por parte del agredido o de su defensor.
“Se presume que existe legítima defensa, salvo prueba en contrario, cuando se cause un daño a quien por cualquier medio trate de penetrar o penetre, sin derecho, al lugar en que habite de forma temporal o permanente el que se defiende, al de su familia o al de cualquier persona respecto de las que el agente tenga la obligación de defender, a sus dependencias o al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos respecto de los que exista la misma obligación”, dice el Código.
RM