Policías de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México, en coordinación con la Fiscalía General de Justicia (FGJ), la Secretaría de Marina (Semar) y la Guardia Nacional, detuvieron a seis personas presuntamente integrantes del grupo delictivo La Pepa.
Señalan que esta organización criminal estaría dedicada a la venta y distribución de droga, así como a la extorsión de comerciantes en puestos semifijos y la Central de Abasto, de la colonia Chinam Pac de Juárez, de la alcaldía Iztapalapa.

¿Quiénes son los detenidos?
Entre los detenidos se encuentran Brayan ‘N’, El Púas, de 17 años; Marlon ‘N’, El Panda, de 26; Gustavo ‘N’, El Flaco, de 22; Diana ‘N’, de 27; Cristina ‘N’, de 27; y Jorge Armando ‘N’, El Amado Carrillo, de 56 años.
Durante los cateos, realizados en dos inmuebles, las autoridades aseguraron más de 300 dosis de aparente droga, un chaleco táctico, una gorra beisbolera y dos libretas.
Los detenidos fueron puestos a disposición del Ministerio Público, quien definirá su situación jurídica, en tanto se continúan las investigaciones para desarticular por completo la célula criminal.
¿Qué son los delitos contra la salud?
Diversos medios legales coinciden en que los delitos contra la salud —también llamados de peligro— se refieren a las acciones que ponen en riesgo o dañan la salud colectiva de la sociedad, causándole un perjuicio a las víctimas.
El Código Penal Federal establece que los delitos contra la salud se dividen en los siguientes apartados:
- Capítulo 1: De la producción, tenencia, tráfico, proselitismo y otros actos en materia de narcóticos.
- Capítulo 2: Del peligro de contagio.
- Capítulo 3: Delitos contra los Derechos Reproductivos.
MILENIO te dice en qué consiste cada una de estas acciones y cuáles son las penas.
Relacionados con el narcotráfico
El artículo 193 del Código establece que son punibles las conductas que se relacionan con los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias ilícitas, que constituyen un problema grave para la salud pública.
“Se consideran narcóticos a los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias o vegetales que determinen la Ley General de Salud, los convenios y tratados internacionales de observancia obligatoria en México y los que señalen las demás disposiciones legales aplicables en la materia”.
En cuanto a las sanciones por este tipo de delitos se encuentran del artículo 194 al 199 del Código, como en los siguientes casos:
- I.- Produzca, transporte, trafique, comercie, suministre aún gratuitamente o prescriba alguno de los narcóticos señalados en el artículo anterior, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud.
- II.- Introduzca o extraiga del país alguno de los narcóticos comprendidos en el artículo anterior, aunque fuere en forma momentánea o en tránsito.
- III.- Aporte recursos económicos o de cualquier especie, o colabore de cualquier manera al financiamiento, supervisión o fomento para posibilitar la ejecución de alguno de los delitos a que se refiere este capítulo.
- IV.- Realice actos de publicidad o propaganda, para que se consuma cualesquiera de las sustancias comprendidas en el artículo anterior.
RM