La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó el requisito de cinco años de concubinato previsto en la Ley del Seguro Social para acceder a una pensión por viudez.
A partir de esta decisión, quienes reclamen este derecho deberán acreditar de manera fehaciente la existencia de la convivencia y ajustarse al plazo de prescripción establecido en la legislación local de su entidad federativa, que por lo general es de dos años.
En una sesión cargada de frases, como el “concubinato es la regla y el matrimonio la excepción”, ministras y ministros se señalaron de tener visiones progresistas y conservadoras.
El asunto lo puso sobre la mesa el ministro más joven del Pleno: Arístides Guerrero García.
El togado propuso declar inconstitucional el artículo 130 de la ley del Seguro Social, por ser discriminatoria, ya que le da un trato diferenciado a quienes estuvieron casados. La propuesta generó un choque de visiones.
Después de más de una hora de escuchar un gran número de frases, el togado mantuvo su proyecto y lanzó la siguiente declaración, aludiendo a las ministras Lenia Batres Guadarrama y María Estela Ríos por sus comentarios.
“No podemos tener una visión de la familia como la que se tenía a mediados del siglo pasado”.
Las frases
La ministra María Estela Ríos González se opuso a la propuesta y se refirió a las obligaciones que se generan en una relación de concubinato.
“… no se está desconociendo, es una realidad, como bien dice la ministra Lenia, que viene antes del matrimonio, es una realidad allí, créanme, yo he sido abogada laboralista y créame que el concubinato es la regla y el matrimonio es la excepción”.
Y apuntó: “Porque en términos precisos el Estado civil solo es soltero o casado, no hay otro estado, que pudiéramos decir eso, el concubinato es una relación, de hecho es una realidad y sí, tiende a constituir familias…”.
Defiende el presupuesto
A su vez, la ministra Lenia Batres Guadarrama una vez más, como lo ha hecho en otras ocasiones, salió en defensa del presupuesto de las instituciones.
“Eliminar el requisito de convivencia mínima de cinco años para acreditar el concubinato, generaría un riesgo presupuestal, que por cierto, nos ha confirmado el Instituto Mexicano del Seguro Social para el sistema de pensiones, toda vez que cualquier persona podría reclamar ese derecho. Es decir, ya no hay diferencia entre una persona soltera y una persona concubina, por lo cual todas las personas podemos alegar, tener una pareja, haber enviudado y sostener que teníamos un concubinato con esa persona, lo que pudiera, multiplicar exponencialmente el número de personas beneficiarias de este derecho, al punto de impedir una previsión razonable de cargas pensionarias futuras”.
El enojo de Loretta
La ministra Loretta Ortiz Ahfl manifestó su enojó por la visión que tenían sobre el tema tanto Estela como Lenia.
Dijo que si la Corte resolvía en contra de reconocer los concubinatos, sería una visión regresiva. Señaló que el Pleno debe ser progresista y reconocer derechos fundamentales.
“Voy a decir, sinceramente, me enoja y me enoja mucho que se establezcan este tipo de afirmaciones. El concubinato crea, se puede crear con un, este, una voluntad propia de dos personas que se quieren y que tienen la misma validez que los que desean casarse. Muchas gentes no desean casarse y tener una relación matrimonial por sus razones personales”.
Y le reviró a Lenia, por su preocupación por el presupuesto:
“Por encima, perdón, de las razones económicas están las personas, siempre van a estar las personas”.
Progresividad necesita recursos
Minutos más tarde, Lenia aludió a Loretta:
“… Asumir derechos implica hacer cálculos y los tiene que hacer el Estado, porque si no lo hace, pues los derechos no existen… Dice nuestra Constitución que los derechos deben reconocerse de manera progresiva y así debemos nosotros también asumirlo, pero esa progresividad tiene recursos, necesita recursos”.
Protegemos derechos
La ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que la Corte está para proteger los derechos de las personas.
“La Corte cumple con una función que el poder constituyente le otorgó para proteger a las personas de leyes violatorias de derechos humanos, que este es el caso… esta porción normativa que se analiza vulnera el derecho a la igualdad y a la no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad, a la protección, a la familia y seguridad social”, añadió.
El ministro Irving Espinosa Betanzo comentó que en diversos estados del país, el plazo para reclamar una pensión por viudez por concubinato es mucho menor a la Ley del Seguro Social, ya que hay plazos de dos o tres años, por lo que se debe ajustar a la entidad que cada persona vive.
El presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, se pronunció por establecer candados que ayuden a demostrar la relación de concubinato, para evitar fraudes.
LG