A casi siete años del ataque con ácido a la saxofonista María Elena Ríos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) definirá el próximo miércoles si atrae los amparos de las personas que han sido señaladas de estar detrás de la agresión, entre ellos, el ex diputado priista Juan Antonio Vera Carrizal.
Carmen Lucía Sustaita Figueroa, titular de la Unidad Especializada en Asuntos Jurídicos, de la Fiscalía General de la República (FGR) solicitó a la Corte ejercer su facultad de atracción para conocer las demandas interpuestas por los presuntos delincuentes que buscan echar abajo los procesos iniciados en su contra.
La petición de la Representación Social fue presentada el 14 de abril, cuando la presidencia de la Corte notificó a través de sus listas que admitió a trámite la solicitud.
Ahora falta que este 13 de mayo el Pleno determine si conoce los cinco amparos en revisión que están en un Tribunal Colegiado con residencia en Oaxaca.
En caso de avanzar la propuesta, los recursos de revisión serán turnados a un ministro para que elabore un proyecto de sentencia que deberá ser discutido en menos de tres meses en el máximo tribunal de justicia.
La titular de la Unidad Especializada en Asuntos Jurídicos pidió a la Corte conocer el caso para definir cuál es la interpretación que debe darse al artículo 138 del Código Nacional de Procedimientos Penales para emisión de una providencia precautoria.
En su caso, son los parámetros que deben seguir los jueces de control para valorar con perspectiva de género los datos de prueba ofrecidos por las partes en la audiencia de revisión de la medida de prisión preventiva justificada, tratándose de delitos cometidos en perjuicio de mujeres, como la tentativa de feminicidio.
Además, pregunta que, si en el caso de inhabilitación o suspensión del Tribunal de Enjuiciamiento, el órgano jurisdiccional sustituto tiene facultades para redactar la sentencia respectiva con base en lo expuesto oralmente ante otro juez.
María Elena Ríos fue atacada con ácido en su casa en Huajuapan de León, Oaxaca, el 9 de septiembre de 2019, provocándole lesiones en el rostro y gran parte de su cuerpo.
La víctima señaló como autor intelectual a su ex pareja, el empresario y ex diputado priista Juan Antonio Vera Carrizal, caso en el que se ha relacionado a su hijo Juan Antonio Vera Hernández, actualmente prófugo de la justicia.
En 2020, Vera Carrizal se entregó a las autoridades y quedó en prisión preventiva; además se detuvo a Rubicel Hernández Ríos y Rubén Loaeza Chárrez, como probables autores materiales del delito.
Imputados son absueltos
El 14 agosto de 2024, el juez José Gabriel Ramírez Montaño absolvió a Vera Carrizal y a los otros dos señalados del intento de feminicidio.
La Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) condenó la resolución y anunció que apelaría el fallo.
“El fallo absolutorio dictado por el Tribunal aportó todas las pruebas necesarias respecto a la participación -en distintas formas- de las personas indiciadas en el ataque con ácido contra la víctima”, informó a través de un comunicado.
Ese mismo día, pero horas después, el Poder Judicial de la citada entidad dio a conocer que Mario Antonia Esteva Domínguez, jueza sustituta del Tribunal de Enjuiciamiento del Circuito Judicial de la Mixteca, notificó al director del Centro Penitenciario Varonil de Tanivet, que quedaba sin efecto la boleta de libertad que fue ordenada a favor de los imputados.
Ley Malena
En enero de 2025, Vera Carrizal fue trasladado a un nosocomio por una afección cardiaca. Hasta el día de hoy, no ha vuelto a prisión.
El caso de María Elena Ríos generó indignación nacional y ayudó a visibilizar los ataques con ácido contra mujeres en México.
La saxofonista se convirtió en activista y promotora de reformas legales para castigar este tipo de agresiones como tentativa de feminicidio.
De ahí nació, la llamada Ley Malena, la cual fue aprobada en la Ciudad de México en febrero de 2024, y que ha sido impulsada en distintos estados, para castigar los ataques con ácido o con sustancias corrosivas, como delitos graves, aumentar las penas, y garantizar atención médica y reparación integral para las víctimas.
AG