La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puso fin a las pretensiones del líder del Sindicato Minero, Napoleón Gómez Urrutia, quien buscaba que el ex secretario del trabajo y senador del PAN con licencia, Javier Lozano Alarcón, lo indemnizara por daño moral.
Con cuatro votos, los ministros desecharon el amparo presentado por Napo, quedando así firme la sentencia dictada en 2015, en la que se le negó la protección de la justicia al dirigente gremial que vive autoexiliado en Canadá, ante el temor de que pueda ser detenido en México, pese a que fue exonerado por un tribunal de los delitos que le imputó la Procuraduría General de la República.
El 25 de septiembre de 2015, el Décimo Tribunal Colegiado del Primer Circuito resolvió que era improcedente la demanda por daño moral contra Javier Lozano; el tribunal señaló que Napo no aportó pruebas de la afectación a sus derechos.
En abril de 2016, la Segunda Sala de la Corte también rechazó amparar al líder minero, quien buscaba que la Secretaría del Trabajo lo indemnizara por los boletines que se emitieron en su contra, cuando Lozano Alarcón era el titular de esa dependencia; Lozano realizó comentarios contra Napo, época en la que se le negó la toma de nota por ser un prófugo de la justicia.
Los ministros aprobaron el actuar de la secretaría y de su entonces titular, porque además de que la institución calificó de prófugo a Napo, informaron que Gómez Urrutia no acreditó tener una relación laboral mínima de cinco años con el sindicato minero.
Asimismo, que existían averiguaciones previas en su contra por los delitos de administración fraudulenta y fraude específico en su modalidad de administración fraudulenta y asociación delictuosa.
Gómez Urrutia exigió el pago de una indemnización por daño moral alegando que la información difundida, constituía en una actividad administrativa irregular del Estado, misma que le causó una afectación a su honra y dignidad.
Sin embargo, la Saña señaló que el derecho a la información obliga a las autoridades a hacer pública toda aquella información que sea considerada de interés público, y que pueda trascender a la vida o al ejercicio de los derechos de las personas.
De igual manera, determinaron que el caso de Gómez Urrutia constituía un tema de relevancia pública, en el que se encontró justificada la difusión de la información por parte de la Secretaría del Trabajo.
El caso de Gómez Urrutia, apuntaron los ministros de la Segunda Sala, atendía especiales circunstancias, porque es un personaje público, quien se vio inmiscuido en uno de los conflictos mineros más relevantes en los últimos años y al haber pretendido ejercer un cargo directivo en uno de los sindicatos más importantes del país, cuyos agremiados tenían derecho a ser informados sobre un suceso que repercutía en el ejercicio de sus derechos laborales.
En agosto de 2014, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal puso fin a ocho años de litigio entre Napo y la PGR, ya que determinó que no había elementos para librar una nueva orden de aprehensión contra el dirigente minero, resolución con la que exoneró de la acusación de fraude y desvío de 55 millones de dólares en agravio del sindicato que encabeza.
jbh