Un juez federal otorgó una suspensión provisional a la ex directora de operación de Fondos y Valores de la Secretaria de Administración del estado de Michoacán, Stefany Berenice Carreón Reyes, para que no viaje a la Ciudad de México y ponga en riesgo su salud, debido a la pandemia por covid-19.
La ex funcionaria fue citada por la Auditoría Superior de la Federación para que comparezca en una audiencia para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias, la cual se programó para el próximo 21 de mayo.
En 2017, el Tribunal de Justicia Administrativa de la mencionada entidad inhabilitó por seis años para ejercer cualquier público al ex secretario de Finanzas de Michoacán, Humberto Suárez López, a quien ordenó reintegrar al erario estatal 19 millones 775 mil 225 pesos.
Asimismo, ordenó la inhabilitación por dos años y una sanción económica por 96 millones 807 mil 768 pesos contra Berenice Carreón.
A principios de este año, la ex funcionaria promovió un amparo donde reclamó el proceso de fiscalización de la Cuenta Pública 2014, que practicó la ASF al gobierno estatal, a través de la auditoría denominada “Recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud”.
Sin embargo, el juez Cuarto de Distrito en el estado de Michoacán, Reynaldo Piñón Rangel, sobreseyó (puso fin sin estudiar el fondo del caso) la demanda de garantías, porque el objeto de la audiencia es que la probable responsable ofrezca las pruebas que a su derecho convengan.
Ante esta situación, Stefany Berenice interpuso un nuevo amparo, argumentado que si viaja a la capital del país el próximo jueves, pondría en riesgo su salud, debido a la emergencia sanitaria que vive México por el covid-19.
Por este motivo, el juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa con sede en la Ciudad de México, Francisco Javier Rebolledo Peña, otorgó a la quejosa la suspensión provisional.
El juez manifestó que la ex secretaria acreditó que su domicilio se encuentra en la ciudad de Morelia, motivo por el cual ordenó suspender la celebración de la audiencia dentro del procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias DGRRFEM/B/04/2020/15/281, fijado a las 14:00 horas del 21 de mayo.
“Una vez que la autoridad sanitaria federal concluya con la implementación de medidas extraordinarias para contener la pandemia generada por el virus SARS-COV2 (covid-19), se fije una nueva fecha, en la que se le otorgue el tiempo necesario para una defensa adecuada”, puntualiza su acuerdo.
IRH