Política

Presidencias sólo para mujeres

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Una de las mayores brechas de género en el ámbito político está en las presidencias municipales de todo el país, no sólo en la cantidad de mujeres que encabezan los ayuntamientos, sino en la proporción de la población estatal gobernada por mujeres.

De acuerdo con el Sistema de Indicadores de Género del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), en 1995, la participación de las mujeres como presidentas municipales se estimó en 3.52 por ciento, cifra que aumentó a menos del diez por ciento en 2015 y se duplicó para 2021 cuando las mujeres encabezaron el 22.18 por ciento de los gobiernos municipales en México.

Además, de acuerdo con el Registro Nacional de Personas Sancionadas por Violencia Política contra la Mujeres en Razón de Género, más del 70 por ciento de los casos con sentencias, el ámbito municipal es donde se violenta más a las mujeres por ejercer sus derechos político-electorales.

En Tamaulipas, si bien las mujeres encabezan más del 53 por ciento de las presidencias municipales, la población gobernada por ellas representa menos del 30 por ciento del total estatal. Esta disparidad evidencia una distribución inequitativa del poder político y de la representación territorial. A ello se suma que los municipios con mayor concentración poblacional han sido encabezados por mujeres en contadas ocasiones, mientras que algunos de ellos aún no han tenido una mujer al frente de su gobierno municipal.

Ante estos escenarios se han diseñados reformas legales como la de la Ley Electoral del estado de Guerrero, en la que el Congreso local para las elecciones municipales estableció que en aquellos municipios guerrerenses que, históricamente, no hayan sido gobernados por una mujer, en una tercera parte de ellos, los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes deberán postular exclusivamente mujeres para el cargo de titularidad de la Presidencia Municipal. Y que, en los Municipios restantes, los partidos políticos podrán postular libremente el género de sus candidaturas conforme a las reglas de paridad aplicables.

Una acción afirmativa que puede abonar a la disminución de las brechas de género en la participación política, especialmente, en aquellos municipios que cuentan con una alta rentabilidad política.

En el caso de Tamaulipas, esta brecha de género adquiere particular relevancia en los municipios de mayor peso demográfico y político. Entre ellos destacan Victoria, Río Bravo y Ciudad Madero, que, pese a su relevancia en el contexto estatal, no han sido gobernados por una mujer electa en las urnas.

En Guerrero, la implementación de esta medida será gradual y se aplicará durante tres procesos electorales ordinarios consecutivos, correspondiendo una tercera parte de dichos Municipios en cada proceso electoral.

Esta acción afirmativa ya fue revisada por la Suprema Corte en la acción de inconstitucionalidad 75/2026 y sus acumuladas, resolución que sentó un importante precedente para el análisis y diseño de futuras reformas electorales en los Congresos locales, así como para las acciones afirmativas de los Instituto Electorales locales que abran la puerta a las presidencias municipales sólo para mujeres. Un tema pendiente de explorar en Tamaulipas.


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Nohemí Argüello Sosa
  • Nohemí Argüello Sosa
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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