Política

Justicia alternativa en materia administrativa

El pasado 26 de enero de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una nueva ley que viene a revolucionar la forma en que se imparte justicia en nuestro país. Me refiero a la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, donde, con el auxilio de una persona llamada Facilitadora, utilizando mecanismos como la mediación y la conciliación, entre otros, procedimientos no jurisdiccionales cuyo objeto consiste en propiciar la avenencia entre las partes de manera voluntaria, pacífica y benéfica para ambas, a través de concesiones recíprocas. De ello puede derivar la celebración de un convenio, el cual es un documento físico o electrónico en el que se hacen constar los acuerdos de las partes en los mecanismos alternativos de solución de controversias que ponen fin parcial o totalmente a las mismas o previenen las futuras. Dicho convenio, cuando cumpla con los requisitos de ley, poseerá efectos de cosa juzgada; esto es, gozará de la misma fuerza que una sentencia de un juez y, además, será inapelable. Todo esto tiene aplicación directa en asuntos de carácter civil, mercantil, familiar y, en algunos casos, penal.

En dicha ley general, y con los mismos efectos, se incluyó un capítulo de mecanismos alternativos de solución de controversias en el ámbito administrativo. Por ello, ahora es competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa TFJA y de los Tribunales de Justicia Administrativa de las entidades federativas (en Jalisco, el llamado TAE), entre otras funciones: impulsar, fomentar y difundir el uso de los mecanismos alternativos de solución de controversias como un componente del derecho fundamental de acceso a la justicia, bajo el principio de justicia abierta; crear Centros Públicos de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia de justicia administrativa; y prestar servicios de mecanismos alternativos de solución de controversias en materia administrativa, en modalidad presencial o mediante tecnologías de la información y la comunicación, otorgando mediante la aprobación de los convenios emanados de su aplicación la calidad de cosa juzgada, de conformidad con la ley de la materia.

Recordemos que la justicia administrativa es el conjunto de mecanismos y procedimientos legales que protegen los derechos de los ciudadanos frente a la administración pública, asegurando la legalidad y la justicia en la actuación de las autoridades. Para ello, tenemos a nivel federal al Tribunal Federal de Justicia Administrativa TFJA, que nos ayuda a resolver los conflictos entre los particulares y la administración pública federal; y a nivel local, al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco TAE, que interviene en conflictos entre particulares y las dependencias estatales y municipales. Ahora, con la aplicación de esta ley, los particulares podremos resolver muchos conflictos fuera del juicio, con el apoyo de un facilitador y con gran rapidez.

Ya se materializó tanto la creación del Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia de Justicia Administrativa del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), como la integración del Consejo Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia de Justicia Administrativa, máximo órgano de autoridad en este tema, mismo que permitirá la homologación de criterios entre el Centro Público del Tribunal Federal y los tribunales estatales.

El TFJA, por conducto de su presidente y de la Junta de Gobierno, tuvo un gran acierto al nombrar al magistrado Luis Enrique Osuna Sánchez como titular de dicho centro, dada no solo su gran experiencia como magistrado impartiendo justicia, sino además capitalizando su conocimiento y experiencia en los medios alternativos.

Ahora los gobernados podemos acudir a resolver nuestro conflicto en materia administrativa en un primer momento, esto es, antes de que exista un juicio contencioso administrativo, directamente en sede administrativa. En segundo lugar, durante la tramitación del juicio contencioso administrativo ante los tribunales de justicia administrativa. Finalmente, también pueden emplearse en la etapa de ejecución de una sentencia, cuando las partes buscan acordar la forma en que se dará cumplimiento a lo resuelto por el tribunal.

En Jalisco urge que el Congreso del Estado asigne presupuesto al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco (TAE) para la implementación de su Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia de Justicia Administrativa Estatal, y que este opere en modalidad presencial o mediante tecnologías de la información y la comunicación.

Recordemos que el TAE, además, acaba de implementar su Juicio en Línea y es el tribunal estatal administrativo con mayor productividad a nivel nacional, situación que no se ve reflejada en su presupuesto de operación. También es urgente la asignación presupuestal al Poder Judicial para la implementación y vigencia del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares en Jalisco, a fin de aprovechar todas sus bondades, entre ellas el arbitraje civil que es otra modalidad de la justicia alternativa.


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Héctor A. Romero Fierro
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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