Política

Fuerza, poder y autoridad

  • Al Derecho
  • Fuerza, poder y autoridad
  • Carlos A. Sepúlveda Valle

El Estado es una palabra que se empezó a utilizar hasta una época relativamente reciente (siglos XVI-XVII) para designar una realidad que pensadores políticos como Platón, Aristóteles, Cicerón y San Agustín mencionaban como polis, res publica, civitas, regnum, se dice que su éxito se debió al hecho de que la realidad significada por él era una realidad nueva, diferente en muchos aspectos de la que contemplaron los escritores políticos de la antigüedad y del Medievo.

Alessandro Passerin en el libro La noción de Estado afirma que si se intenta examinar el término Estado en nuestra experiencia más inmediata encontraríamos tres significados: la idea de una fuerza extraña a la voluntad individual y superior a ella hasta el punto de no sólo darle mandatos, sino de imponer la ejecución de los mismos; la noción de un poder que es ejercitado conforme a ciertos procedimientos y según normas conocidas; y tercero, el Estado no sería sólo una fuerza que existe de hecho o un poder que se explica según ciertas reglas, sino una autoridad que se reconoce como fundada y justificada en su ejercicio.

Si se considerara la existencia del Estado como una pura cuestión de hecho, será el momento de la fuerza lo que en primer lugar, y acaso exclusivamente, acaparará nuestra atención, el Estado existe en cuanto existe una fuerza que lleva ese nombre, las relaciones tanto del Estado con los particulares como de los Estados entre sí, son relaciones de fuerza (policía y fuerzas armadas).

Si se considerara el “modo” como se manifiesta esa fuerza que se asocia a la idea del Estado y si se tiene en cuenta que tal fuerza, para poder ser atribuida al Estado, no es nunca –o no debe ser- una fuerza arbitraria, entonces el Estado tiende a aparecer como un conjunto de normas y reglas que no sólo presiden la coexistencia de los particulares, sino también la existencia misma del Estado, la fuerza no es solamente fuerza, es fuerza cualificada, fuerza que se despliega de manera regular y uniforme y que se ejerce “en nombre” de las normas y reglas impuestas por el Estado, cuya observancia constituye la razón de ser del propio Estado. A esta idea de Estado se une la de Derecho, es decir, de la existencia de la ley o de las leyes para establecer un orden en sus relaciones que les permita alcanzar determinados fines (seguridad, justicia, paz), de ahí que el Estado sea una creación del Derecho.

El Estado se manifiesta en una visión más amplia, pero también más imprecisa, la cohesión social y la participación política, en ambos casos, la conducta de los hombres aparece determinada por un sentido de obligatoriedad, por un consenso en cuanto a los fines que deben perseguirse en la vida comunitaria y en cuanto a los criterios que determinan y condicionan la obediencia, tal consenso no es sólo un elemento importante de la noción de Estado, sino que es la misma condición de su existencia.

Agrega Passerin, estas tres nociones pueden indicarse con tres expresiones o palabras distintas: fuerza, poder, autoridad. El Estado como simple “fuerza” es el Estado tal como es concebido por el llamado “realismo político”, modo éste de considerarlo que tiene tras de sí una larga tradición y que parece imponerse como la única posibilidad objetiva y correcta de plantear el problema político. El Estado como “poder” es, en cambio, el Estado de la consideración jurídica, donde poder significa fuerza calificada por el Derecho. El Estado como “autoridad” es el Estado al que se exige una justificación ulterior, que no se encuentra ni se puede encontrar en la simple fuerza ni sólo en el ejercicio del poder.

El autor en este libro pretende resolver una pregunta: ¿qué es lo que puede convertir la fuerza en derecho, el temor en respeto y la necesidad en consentimiento?

Esa es la misma interrogante que le plantea al Estado español la celebración del referéndum secesionista y la eventual declaración de independencia de Cataluña, en cuyo caso no solo el Gobierno sino el Parlamento, Tribunal Constitucional, Tribunal Superior de Justicia, Fiscalía del Estado, Tribunal de Cuentas, quedarían privados de autoridad pues sus decisiones quedarían solo como “papel mojado”.

Ante el reto secesionista catalán el Estado español desplegará, legítimamente, su fuerza (poder de coacción) con base en las facultades que la Constitución le otorga a sus cuerpos policiacos, ejercerá sus amplias potestades en el marco de las leyes y cumplirá su responsabilidad histórica de mantener la fuerza, el poder y la autoridad del Estado no solo para garantizar el Estado democrático y social de Derecho sino para preservar la cohesión y la unidad nacional.

csepulveda108@gmail.com

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