El juicio es un conjunto de actos jurídicos sucesivos que se realizan ante una autoridad judicial y que concluyen con la sentencia. El último acto procesal es la sentencia la que en palabras muy simples determina la parte ganadora y perdedora. Recordemos que las partes en un juicio son la actora y la demandada. El actor es la persona física o moral que inicia el juicio con la presentación de la demanda. El demandado es la persona física o moral que se demanda y que en el momento procesal oportuno presenta su contestación de demanda. La sentencia, como ya dije, determinará quién ganó el juicio tomando en cuenta las actuaciones procesales y particularmente las pruebas ofrecidas por las partes. Tradicionalmente la sentencia, ha sido clasificada, en condenatorias y absolutorias.
Las condenatorias son aquellas que se pronuncian a favor de la parte actora y las absolutorias aquellas que determinan que la parte demandada es la vencedora. Retomando la pregunta del título, la respuesta varía, ya que dependerá de lo que señale la sentencia. Puede tratarse de un juicio laboral, por ejemplo, en el cual la sentencia o el laudo ordene la reinstalación del trabajador en su puesto de trabajo, en juicio civil, podría la sentencia condenar a la desocupación de un inmueble y al pago de rentas por parte del demandado, en un juicio mercantil, podría la sentencia ordenar el embargo de una casa, etc. Tengamos presente, que una vez que se pronuncia la sentencia, la parte vencida cuenta con medios de defensa. Normalmente es la apelación el medio por medio del cual se busca dejar sin efectos jurídicos la sentencia. E incluso, una vez resuelta la apelación, el afectado puede promover un amparo, el cual es prácticamente la última instancia.
Una vez que se agotan los recursos que la ley en la materia contemple y el amparo, lo procedente es solicitar la ejecución de la sentencia, que como ya dije, explicado de una forma muy simple, es hacer lo que ordena la sentencia. El procedimiento para la ejecución de la sentencia se realiza mediante la presentación de un incidente de liquidación de sentencia. Se trata de un escrito en el que la parte vencedora solicita al órgano jurisdiccional el cumplimiento de la sentencia de manera concreta y precisa. Suponiendo que la sentencia condene al pago de una cantidad de suerte principal, de intereses y de costas judiciales, lo procedente es indicar en el incidente de liquidación de sentencia de manera precisa la cantidad de cada uno de esos rubros.
Se notifica a la parte vencida para que manifieste lo que a su interés convenga y posteriormente se pronuncia una resolución, que en caso de ser procedente, aprueba la liquidación de sentencia. Por último, cabe mencionar que tanto el actor como el demandado pueden promover tanto algún medio de impugnación o recurso y el amparo. Cualquiera de los dos, actor o demandado, puede promover también el incidente de liquidación de sentencia, ya que por ejemplo, puede ser absuelto el demandado, pero condenado el actor al pago de costas judiciales.
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