Una de las preguntas que comienza a escucharse rumbo a las elecciones de 2027 es directa: ¿podrán reelegirse diputadas, diputados e integrantes de los ayuntamientos de Hidalgo? La respuesta es sí, pero bajo condiciones específicas. Conviene conocerlas para distinguir lo que permite la ley hoy de lo que cambiará en 2030.
En abril de 2025 se publicó la reforma a la Constitución federal que prohíbe la reelección consecutiva y el nepotismo electoral. Sin embargo, sus artículos transitorios señalan que ambas prohibiciones se aplicarán a partir de los procesos electorales de 2030. Hidalgo armonizó su Constitución mediante el Decreto 621, con el mismo horizonte. Por tanto, en 2027 aún operan las reglas vigentes de elección consecutiva.
Para el Congreso local, el artículo 125 Bis del Código Electoral permite a las diputaciones buscar un periodo consecutivo, sin obligación de separarse de su cargo. También pueden competir por mayoría relativa o representación proporcional, aunque hayan llegado por un principio distinto. La postulación corresponde al mismo partido o a alguno de los que integraron la coalición o candidatura común original, salvo renuncia o pérdida de militancia antes de la mitad del mandato.
Distinto es el supuesto de otras personas servidoras públicas que, por disposición legal, deben dejar el cargo para aspirar a una diputación: el plazo de 90 días previos a la jornada electoral vence el 8 de marzo de 2027. Las solicitudes de registro de candidaturas a diputaciones se recibirán del 9 al 13 de marzo.
En los ayuntamientos, presidencias municipales, sindicaturas y regidurías pueden buscar una elección consecutiva por un periodo adicional, únicamente en el mismo municipio. Rige la regla de postulación por el partido o los partidos que originalmente las llevaron al cargo, con la excepción de militancia ya señalada. Quienes fueron electos por la vía independiente pueden intentar repetir por esa vía o postularse por un partido si acreditan la militancia exigida por la ley.
Además, quienes pretendan reelegirse en un ayuntamiento deben avisar su intención al partido que corresponda, o al IEEH si buscan continuar por la vía independiente, al menos 30 días antes del inicio de las precampañas. Para las personas servidoras públicas y diputaciones obligadas a separarse al aspirar a un ayuntamiento, el límite de 60 días es el 7 de abril. El registro de planillas será del 13 al 18 de marzo.
Estas fechas permiten verificar requisitos y proteger la equidad de la contienda. Y aunque una diputación pueda permanecer en funciones al buscar reelegirse, no puede ni debe utilizar recursos públicos para promover su candidatura.
Informarse sobre las reglas, conocerlas y compartirlas, es también una forma de ejercer ciudadanía.