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Proteger a denunciantes en México

Es claro que el Estado mexicano no ha llevado a cabo las acciones necesarias para proteger a los denunciantes de posibles actos de corrupción, en el marco de la reforma en materia de combate a la corrupción y del Sistema Nacional Anticorrupción.

Por Carlos G. Guerrero Orozco

Ilustración: Fabricio Vanden Broeck

El caso mexicano resulta peculiar pues la ley de la materia ha sido deficiente al regular las vías para denunciar la corrupción y la necesaria protección de esos denunciantes ante actos de represalia. Si bien hoy se prevé que el diseño y supervisión de mecanismos de autorregulación debe orientarse al cumplimiento de programas de integridad que contengan herramientas de protección a denunciantes, no existe una norma general que precise qué información se considera de interés público, cuál es el papel que juegan los acuerdos de confidencialidad que vinculan a los denunciantes, o cuáles son las medidas concretas que pueden dictarse en beneficio de ellos.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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