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La (no) decisión de la Suprema Corte ante la Ley de la Industria Eléctrica

La acción de inconstitucionalidad es un juicio por el cual se analiza la validez de una ley en abstracto. Si se concluye que es inconstitucional, entonces se declara inválida con efectos generales.

Por: David García Sarubbi

Ilustración: Víctor Solís, cortesía de Nexos

Para algunos, el modelo de libre mercado es una regla, mientras que para otros es un principio. Para los primeros, la consecuencia que se sigue es sencilla. Si el legislador emite una ley opuesta a la regla, debe declararse inválida. Para quienes se ubican en el segundo grupo, esta consecuencia no es automática. Requieren algo más: evaluar la razonabilidad de las medidas y ahí también hay una división en dos subgrupos. Para unos, el principio de libre mercado sólo puede restringirse por el legislador si se aplica un escrutinio estricto (es decir, si escogió los medios menos gravosos para lograr un fin imperioso), lo que quiere decir que en materia de libre competencia existe una especie de principio de no regresividad. Para otros, el principio de libre mercado se puede restringir por el legislador sólo superando un estándar de mera razonabilidad (si utiliza medios razonables para conseguir un fin legítimo) y, por tanto, aquí no existe un principio de no regresividad. Para todos los integrantes del pleno pareciera, sin embargo, que el medio ambiente es un principio, pero se dividen en dos al momento de escoger un estándar de escrutinio. Para algunos, la regresividad se controla por referencia a un escrutinio estricto; para otros, con un estándar de mera razonabilidad.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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