Por Nicolás Lagos
Ilustración: Patricio Betteo
Resulta central avanzar en aspectos institucionales que estructuren, al interior de cada ordenamiento jurídico, normas claras de promoción y protección a los denunciantes de delitos de corrupción. Un estudio de 2014 de la OCDE identifica que un 13% de los países de este grupo no provee medidas legales de protección a los denunciantes de delitos de corrupción; un 15% no evita las denuncias de mala fe, y un 44% no impulsa actividades para la sensibilización de protección a los denunciantes. De este modo, resulta trascendental el diseño de medidas normativas orientadas a incentivar a que ciudadanos realicen denuncias de actos de corrupción y proteger a aquellos denunciantes que podrían verse amenazados o expuestos a represalias a raíz de las denuncias que realizaron. Esta protección, necesariamente, debe ser tendiente a asegurar el anonimato de las denuncias.
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