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Sin atractivo, plan para repatriación de capitales: especialistas

El programa fue incorporado en la Ley de Ingresos de la Federación 2026 mediante un artículo transitorio

La repatriación de capitales regresó a la agenda fiscal en México para 2026, pero lo hace con condiciones distintas a las de ejercicios anteriores. Aunque el gobierno ofrece una tasa preferencial para quienes decidan traer su dinero del extranjero, especialistas advierten que el nuevo esquema resulta menos atractivo que el aplicado en 2017.

El programa está dirigido a contribuyentes que mantuvieron recursos de procedencia lícita fuera del país hasta el 8 de septiembre de 2025, sin haber cumplido con sus obligaciones fiscales en México.

Cómo funciona y a quién va dirigido

Víctor Manuel Barajas, presidente del Comité Técnico Nacional de Estudios Fiscales del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF), explicó que el mecanismo permite retornar esos recursos pagando un impuesto único de 15 por ciento sobre el monto total, sin deducciones.

“Esta tasa es menor a la general de 30 por ciento para empresas y de hasta 35 por ciento para personas físicas, pero viene acompañada de condiciones estrictas”, señaló.

Para acceder, el dinero debe ser de origen lícito, no haber sido deducido previamente en México y transferirse a través del sistema financiero nacional, garantizando que el titular en el extranjero coincida con el beneficiario en el país.

José Jesús Rodríguez Ambriz, contador público certificado y expresidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos (AMCP), indicó que el programa busca regularizar inversiones no declaradas.

“El objetivo es que el contribuyente se ponga al día sin multas ni recargos. Funciona como una especie de borrón y cuenta nueva en un contexto de mayor intercambio de información fiscal entre países”, explicó.

Los contribuyentes tienen hasta el 31 de diciembre de 2026 para repatriar los recursos y deberán pagar el impuesto dentro de los 15 días naturales siguientes. Sin embargo, el programa no se limita al pago del gravamen: también obliga a invertir el capital en territorio nacional.

Si los recursos se retornan antes de junio de 2026, deberán invertirse antes de que termine ese año; si se repatrian en el segundo semestre, el plazo se extiende hasta el 30 de junio de 2027. Además, será obligatorio informar a la autoridad el destino de los recursos.

El abanico de inversión incluye adquisición de activos productivos, investigación y desarrollo, proyectos vinculados al Plan México, compra de inmuebles, pago de adeudos fiscales, sueldos y bonos gubernamentales, así como sectores como infraestructura, vivienda, agricultura, salud e industria farmacéutica.

“Un punto clave es que el dinero deberá permanecer en México al menos tres años”, subrayó Barajas.

Costos, riesgos y comparación con 2017

A pesar de los incentivos, especialistas advierten que las condiciones limitan su atractivo. El impuesto debe pagarse en efectivo, sin deducciones, y el capital no puede salir del país durante al menos tres años.

“Es un 15 por ciento en ‘cash’, sin deducción, lo que implica un costo de entrada relevante y una menor liquidez”, señaló Rodríguez Ambriz.

Además, implica una mayor exposición ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que el contribuyente reconoce que esos recursos no estaban declarados.

Barajas destacó que, a diferencia del programa de 2017 —considerado el más exitoso—, el esquema actual prácticamente duplica la tasa (de 8 a 15 por ciento) y elimina beneficios como la posibilidad de acreditar impuestos pagados en el extranjero.

Si bien puede ser viable para algunos contribuyentes —como quienes necesitan traer su dinero al país o tienen dificultades para comprobar su origen—, no necesariamente es la mejor alternativa en todos los casos.

“En una regularización tradicional, aunque la tasa es mayor, el cálculo suele limitarse a los últimos cinco años, lo que puede resultar menos costoso en ciertos escenarios”, explicó.

El programa no establece montos mínimos ni máximos para participar; la única condición es que los recursos hayan estado en el extranjero antes de septiembre de 2025. Sin embargo, la experiencia histórica muestra resultados contrastantes: en 2017 se repatriaron alrededor de 21 mil millones de dólares, mientras que en 2016 el monto fue significativamente menor.

“Para 2026, el panorama apunta a un resultado más moderado”, anticipó Barajas.

Una decisión más patrimonial que fiscal

Más allá del incentivo fiscal, especialistas coinciden en que la repatriación debe analizarse como una decisión patrimonial. Mantener recursos en el extranjero ofrece ventajas como diversificación y flexibilidad, además de la posibilidad de optimizar la carga fiscal mediante tratados para evitar la doble tributación.

“Puedes mover el capital según el mercado global y estructurarlo de forma más eficiente dependiendo del país”, explicó.

En ese sentido, el programa no es una solución universal. Para contribuyentes con riesgos fiscales por capitales no declarados, puede ser una vía eficiente de regularización; para otros, la decisión requiere un análisis más amplio.

“Depende del tipo de inversión, del riesgo y del crecimiento que se busque. Puede ser México, el extranjero o una combinación de ambos”, dijo.

De acuerdo con Monex, la fiscalidad no debe dictar la estrategia de inversión, aunque sí debe considerarse desde el inicio para evitar impactos en el rendimiento.

Entre los errores más comunes están repatriar sin un plan de inversión, tomar decisiones únicamente por razones fiscales o ignorar la diversificación global, lo que puede traducirse en costos relevantes en el largo plazo.

“Por ello, la repatriación de capitales exige una visión integral: fiscal, financiera y estratégica”, concluyó.



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Fernanda Murillo
  • Fernanda Murillo
  • Economista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), foodie y swiftie. Actualmente reportera del sistema financiero, macroeconomía, organismos financieros y banca multilateral internacional, mercado de valores, agentes y mercados globales.
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