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SAT amplía plazo para presentar Manifestación de Valor Electrónica a finales de octubre

El nuevo plazo vence el 31 de octubre de 2026; la transmisión comenzará de forma gradual en noviembre, según el régimen aduanero.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) ampliaron hasta el 31 de octubre de 2026 el plazo para presentar la Manifestación de Valor Electrónica (MVE).

La prórroga busca dar más tiempo a las personas usuarias de comercio exterior para realizar los ajustes necesarios en sus procesos y familiarizarse con el nuevo esquema operativo.

A partir del 1º de noviembre de 2026, la transmisión de la MVE comenzará a realizarse de manera gradual mediante la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior (Vutce), dependiendo del régimen aduanero al que se destinen las mercancías.

¿Cuándo comenzará la Manifestación de Valor Electrónica?

El calendario establecido por las autoridades contempla las siguientes fechas:

  • 1º de noviembre de 2026: elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.
  • 15 de noviembre de 2026: recinto fiscalizado estratégico.
  • 1º de diciembre de 2026: tránsito de mercancías.
  • 15 de diciembre de 2026: depósito fiscal.
  • 1º de enero de 2027: importación temporal.
  • 15 de enero de 2027: importación definitiva.

La implementación escalonada busca permitir una transición gradual hacia el nuevo esquema electrónico y dar un periodo adicional para que los usuarios ajusten sus procesos de comercio exterior.

¿Qué facilidades se mantienen para la MVE?

Las autoridades señalaron que se mantienen algunas facilidades para el cumplimiento de la Manifestación de Valor Electrónica.

No será necesario transmitir, mediante la Vutce, los documentos de transporte de mercancías, el certificado de origen ni el documento que acredite la garantía efectuada en la cuenta aduanera, siempre que estos sean adjuntados al pedimento correspondiente.

Además, los usuarios podrán enviar un formato con la información general de los contratos asociados a la MVE, sin tener que transmitir cada contrato de manera individual a través de la Vutce.

¿Dónde se publicó la ampliación del plazo?

La modificación fue dada a conocer en la Primera Versión Anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2026, publicada en el Portal del SAT.

Con esta actualización, se modificó el transitorio Décimo Primero de las RGCE publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de diciembre de 2025 y sus posteriores modificaciones.

La ampliación del plazo forma parte del proceso de modernización y digitalización de los trámites de comercio exterior, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones y avanzar hacia una gestión electrónica de los procesos aduaneros.

PSAJ

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Fernanda Murillo
  • Fernanda Murillo
  • Economista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), foodie y swiftie. Actualmente reportera del sistema financiero, macroeconomía, organismos financieros y banca multilateral internacional, mercado de valores, agentes y mercados globales.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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