La Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado (Attrapi) informó la decisión de cancelar la licitación del tren de pasajeros Querétaro-Saltillo tramo II en el trayecto San Miguel de Allende-Villa de Reyes, derivado de que se realizarán diversas modificaciones al proyecto en cuestión de su infraestructura.
Para este concurso, cinco empresas ya habían presentado sus propuestas económicas para edificar la obra, que contemplaba una extensión de 82 kilómetros y construir adicionalmente viaductos, túneles, puentes y pasos inferiores.
Los consorcios de empresas que estaban participando en esta licitación eran:
- Calzada Construcciones, Construcciones y Dragados del Sureste, Rubau México, Proveedora de Materiales del Norte y China Railway International Group
- Constructora de Proyectos Viales de Mèxico y Obrascon Huarte Lain
- Gami Ingeniería e Instalaciones, Construcciones Urales y Azvi
- ICA Constructora, ICA Constructora de Infraestructura, Construcciones y Trituraciones, Controladora de Operaciones de Infraestructura y Constructora el Cajón, entre otras
La Attrapi explicó que decidió cancelar este concurso, debido a que tras un análisis técnico se determinó la viabilidad operativa de implementar una estrategia de desarrollo progresivo de la infraestructura.
De esta forma, en vez de construir una vía doble ferroviaria ahora se tendrá solamente una sola vía con laderos entre la zona de repostaje San Miguel de Allende y la zona de inspección cercana a la estación de San Luis Potosí Industrial.
“La segunda vía se incorporará en etapas posteriores, conforme evolucionen las necesidades y las condiciones presupuestarias lo demanden”, indicó la Attrapi.
“En virtud de lo anterior la Unidad Económica, Información y Regulación Ferroviaria de la Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado (Attrapi), considera técnicamente procedente y económicamente´ justificable realizar los ajustes correspondientes al proyecto originalmente convocado”, señaló la autoridad.
De igual forma, la Attrapi argumentó que la decisión de cancelar la licitación está soportada en el artículo 40 de la Ley de Obras Públicas y Servicios.
En esta legislación dice que “las dependencias y entidades podrán cancelar una licitación por caso fortuito; fuerza mayor, existan circunstancias justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar los trabajos”.
PSAJ