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Negarse a prueba antidoping impedirá a transportistas operar con licencia federal

El gobierno federal endureció los controles médicos para conductores del autotransporte y ferrocarril; quien rechace un examen toxicológico será declarado no apto automáticamente.

Los operadores del transporte federal que se nieguen a realizarse una prueba toxicológica o de alcoholimetría serán declarados automáticamente no aptos para conducir y quedarán impedidos para ejercer las actividades amparadas por su licencia federal, de acuerdo con las reformas al Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El decreto, firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y el secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Jesús Antonio Esteva Medina, refuerza los mecanismos de control médico para conductores del autotransporte federal, del sistema ferroviario y de los servicios auxiliares relacionados.

La modificación establece de manera expresa la obligatoriedad de los exámenes psicofísicos integrales, las evaluaciones médicas en operación y las pruebas toxicológicas para determinar la aptitud de las personas que operan en las vías generales de comunicación.

Uno de los cambios más relevantes es la incorporación del artículo 17 Bis, que ordena emitir un dictamen de no aptitud psicofísica a cualquier operador que rechace someterse a una prueba antidoping o de alcohol en aliento.

Para recuperar la posibilidad de operar, los conductores deberán someterse a una nueva evaluación psicofísica integral y a exámenes toxicológicos aplicados directamente por las autoridades o por las unidades médicas oficiales.

Además, la reforma fortalece los mecanismos de supervisión mediante plataformas digitales que concentrarán información sobre el personal considerado apto para operar. El registro incluirá datos como la categoría de licencia, la vigencia de la aptitud médica y la unidad responsable de emitir el dictamen.

El nuevo marco regulatorio también endurece las obligaciones de los terceros autorizados que participan en la aplicación de exámenes médicos y toxicológicos, al imponer mayores requisitos operativos, fiscales y de control de la información.

La reforma advierte que la omisión de registros en los sistemas oficiales o el uso indebido de información confidencial podrá derivar en responsabilidades administrativas, civiles y penales.

MRA

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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