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México extiende cuota compensatoria a importaciones de atomizadores de plástico de China

Se detalló que este procedimiento es para los artículos que ingresaron al país por las fracciones arancelarias 9616.10.01.

El gobierno de México, a través de la Secretaría de Economía (SE), informó que extendió cinco años más, contados a partir del 22 de abril de 2024, la vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de atomizadores de plástico originarias de China, independientemente del país de procedencia.

En una publicación del Diario Oficial de la Federación (DOF), la dependencia federal explicó que esto fue después de haber concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a los productos antes mencionados, relacionada a la solicitud del 5 de marzo de 2024 por la empresa Olan de México.

“El producto objeto de examen son los atomizadores de plástico, cuyo diámetro de rosca se encuentra en un rango de 15 a 24 milímetros, en alturas 410 y 415, conforme a los parámetros mínimos y máximos (diámetro y altura de la rosca) de la GPI, incluidos los atomizadores con casquillo de aluminio”, indicó el documento.

Se detalló que este procedimiento es para los artículos que ingresaron al país por las fracciones arancelarias 9616.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (Tigie), o por cualquier otra.

SHCP aplicará las cuotas compensatorias 

En tanto, se determinó que será competencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) aplicar las cuotas compensatorias definitivas a que se refiere el punto 515 de la presente resolución, en todo el territorio nacional.

En cuánto a los importadores, se precisó que deberán pagar las cuotas compensatorias definitivas, ya que no estarán obligados a su pago si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a China.

“La comprobación del origen de la mercancía se hará conforme a lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, para efectos no preferenciales”, apuntó.

Se destacó que se notificará dichas Resoluciones a las partes interesadas, a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) y al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para los efectos legales correspondientes.

La Secretaría de Economía especificó que las presentes resoluciones entrarán en vigor el 11 de junio de 2025.


KL

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Giselle Soriano
  • Giselle Soriano
  • Originaria de Guadalajara, Jalisco, galardonada con el premio nacional de periodismo Veritas in Verbi 2018 y 2019 en crónica y reportaje; 10 años de experiencia periodística en el ámbito de nota roja, política y negocios.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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