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Este es el programa del Infonavit para ponerte al corriente con tu CRÉDITO; 'Borrón y cuenta nueva'

Con este programa los pagos atrasados se suman al total de la deuda y se regulariza el financiamiento.

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores(Infonavit) informó que el programa “Borrón y cuenta nueva” permite regularizar los créditos de forma rápida y sencilla, sin que la mensualidad registre algún cambio o incremento, lo que resulta importante puesto que cuando existe un crédito y por alguna razón las personas se atrasan en los pagos, para ponerlo al corriente se deben cubrir las mensualidades pendientes, lo cual hace difícil que las personas se regularicen.

De acuerdo con un comunicado del Infonavit, anteriormente este programa sólo aplicaba a los créditos denominados en Veces Salario Mínimo (VSM), pero desde septiembre de 2023 ya pueden solicitar esta solución de pago también las personas que tengan un crédito en pesos.

Además, si se realizan los pagos posteriores en tiempo, de manera completa y se cumple con las condiciones del programa, se podría recibir un beneficio económico.

El monto del beneficio puede ser el equivalente a una mensualidad (sin incluir seguros ni comisiones), si sólo tenías una o dos mensualidades atrasadas o el equivalente a los intereses generados a partir de la tercera mensualidad, si dejaste de pagar entre tres y nueve mensualidades, así como la condonación de los adeudos por seguros y comisiones

Este beneficio económico se aplicará directamente sobre el capital de la deuda cuando se refleje en los registros del Infonavit un pago bimestral completo de la empresa en la que se trabaja, en caso de que haya una relación laboral formal y se cotice al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Si se trabaja de forma independiente, no se tiene empleo, o no se cotiza al IMSS, el beneficio económico se aplicará cuando se hayan realizado tres pagos completos de forma consecutiva.

El Infonavit señaló que se puede aplicar al programa hasta dos veces al año, siempre y cuando se tenga entre uno y nueve mensualidades sin pagar; se agotó el Seguro de Desempleo (Fondo de Protección de Pagos); se alcanzó a pagar el crédito en el plazo que se estableció inicialmente en el contrato; el crédito no se encuentra en proceso jurídico; no cuenta con una solución de pago o reestructura activa, y aún no se ha liquidado el crédito y faltan al menos 12 mensualidades por pagar.

GGA

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