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¡No entres en pánico! Especialista explica qué hacer si el SAT rechazó tu devolución porque tu declaración anual 2026 "no cuadra"

Jesús Guillermo Mendieta González, del Colegio de Contadores Públicos de México, advierte sobre los riesgos de errores y las multas al presentar la declaración anual por incosistencias en el ISR.

Las errores que llega a detectar el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) que se presenta en la declaración anual pueden surgir por múltiples situaciones, desde equivocaciones del patrón, omisiones, y hasta por deducciones del propio contribuyente, lo que podría impactar en un rechazo o negación de la devolución automática, por lo que se debe actuar de manera inmediata, afirma un especialista.

"Pudiera haber una inconsistencia entre lo presentado y lo declarado que por ende la autoridad fiscal rechace dicha devolución", advierte Jesús Guillermo Mendieta González, integrante de la Comisión Técnica de Auditoría Fiscal, del Colegio de Contadores Públicos de México.
“Lo más importante es verificar las razones y motivos por las cuales se le rechazó la devolución para posteriormente corregirla… el contribuyente tiene que hacer esto a la brevedad posible para presentar una declaración complementaria”, añadió.

En entrevista con MILENIO, Mendieta González recordó que los ciudadanos deben pagar sus impuestos por los ingresos obtenidos dentro del territorio nacional, a través de la llamada declaración anual que se presenta en abril, y que este año corresponde al 2025.

Si eres persona física, siempre y cuando tengan ingresos mayores a 400 mil pesos en el año, o bien, si tienes dos trabajos o dos o más patrones, debes presentar dicha declaración anual

La detección de errores “se daría al momento de presentar tu declaración anual, detecta pagos que no se han hecho, y por ende te lo dice en la declaración, o habiendo presentado la declaración y solicitas la devolución, posteriormente, te diga los motivos por los cuales te rechaza la declaración” anual, explicó.

Tipos de errores que el SAT detecta en la declaración anual


  • El laberinto de las inconsistencias

Mendieta González explica que, si un patrón timbró mal la nómina o no enteró las retenciones, el sistema del SAT detectará inmediatamente la inconsistencia.

"Si el patrón no me enteró o pagó en tiempo y forma los impuestos, pues entonces obviamente va a haber una discrepancia", advierte Mendieta.
  • Deducciones bajo la lupa

Otro punto crítico son las deducciones personales, como gastos médicos, hospitalarios o hipotecarios, donde los errores en los CFDI son causa frecuente de rechazo.

El especialista subraya la importancia de revisar minuciosamente que estos comprobantes cumplan con todos los requisitos fiscales, incluyendo la forma de pago correcta, y en el tiempo o mes en el que se emiten, no después.

“Como la información ya viene precargada en el sistema, lo que importa ahí es que la otra parte se corrija para que cruce con la información que ya se tiene”, dijo.
  • El riesgo del efectivo

Un error común y costoso es pagar gastos deducibles en efectivo por montos superiores a los 2 mil 500 pesos, lo que invalida la deducción automáticamente.

Mendieta enfatiza que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, y este tipo de fallas son responsabilidad exclusiva del contribuyente.

"Si dice que lo pagas por arriba de 2 mil 500 en efectivo, será no deducible. Ahí es culpa del contribuyente", afirmó Mendieta González.

La tercera es la vencida para el SAT

Ante una inconsistencia, el camino es presentar declaraciones complementarias. Sin embargo, Mendieta advirtió que el SAT permite hasta tres complementarias sin penalización; a partir de la cuarta, el contribuyente se hace acreedor a una multa.

"Sin embargo, la autoridad establece, si estas declaraciones complementarias rebasan la cantidad de tres, ya es acreedora una multa", alertó. Además, el exceso de correcciones incrementa el perfil de riesgo del contribuyente ante el fisco.
"Si se equivoca tanto, pues hay una alta probabilidad de que sea un contribuyente riesgoso", explicó Mendieta. Esto puede derivar en revisiones más profundas por parte de la autoridad fiscal, por lo que la precisión es fundamental.

Recomendación profesional

La "medicina" para evitar estos dolores de cabeza con el SAT, concluyó Mendieta González, es acudir con contadores públicos certificados y colegiados, quienes poseen la capacitación continua necesaria para navegar la compleja legislación fiscal.

Se pueden atender observaciones, aclaraciones y requerimientos del SAT, autoridad a la que se le puede demostrar que la información es correcta, o bien, si hubo errores, corregirlos.

"Acérquense con contadores públicos certificados colegiados... somos la aspirina, somos el ibuprofeno, somos 'el Tylenol' ante la autoridad, ante esos dolores de cabezas del SAT", finalizó. La fecha límite para cumplir es el 30 de abril.

¿Contador o dolores de cabeza?

Ante este panorama, la recomendación del especialista es buscar la asesoría de contadores públicos certificados y colegiados, para garantizar el cumplimiento correcto y evitar sanciones.

Mendieta González resalta que estos profesionales cuentan con la capacitación continua necesaria para navegar las complejidades del sistema fiscal mexicano actual.

"Los expertos en la materia fiscal y contable somos nosotros los contadores. Somos la aspirina ante esos dolores de cabezas del SAT", afirma Mendieta.

Plazos y recomendaciones finales

El especialista recordó que el 30 de abril es la fecha límite para que las personas físicas presenten su declaración anual y eviten multas que pueden superar los 15 mil pesos.

Mendieta González insta a los contribuyentes a no dejar esta obligación para el último momento y a apoyarse en profesionales para asegurar un proceso exitoso.

"Cumplan con ellas para evitarse dolores de cabeza y entonces vean a Lolita y no a dolores", concluye Jesús Guillermo Mendieta.

Razones más comunes por las que el SAT rechaza tu devolución automática

Errores del Patrón:

  • Timbrado incorrecto de nóminas (CFDI).
  • Retenciones indebidas o no enteradas al SAT.

Deducciones Personales:

  • Discrepancias en gastos médicos, hospitalarios, hipotecarios, aportaciones voluntarias para el retiro, primas de seguros o gastos escolares.
  • El contribuyente debe verificar que sus deducciones coincidan con los proveedores y solicitar correcciones (complementarias o modificaciones) si es necesario.

Ingresos no declarados:

Depósitos en efectivo superiores a 15 mil pesos, reportados por las instituciones financieras al SAT. Si estos no cuadran con los ingresos declarados, la autoridad rechazará la declaración.

  • Emisión incorrecta de CFDI.
  • Errores en la CURP, RFC, forma de pago o concepto del CFDI.

Importante: Gastos pagados en efectivo que superen los 2 mil 500 pesos no son deducibles, incluso si son gastos médicos. Para que sean deducibles, deben pagarse con tarjeta de crédito, transferencia, monedero electrónico o cheque nominativo.


MRA

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Miriam Ramírez
  • Miriam Ramírez
  • miriam.ramirez@milenio.com
  • Hoy Editora Web de Negocios, antes reportera. Mi género periodístico preferido: la conversación hecha entrevista. UNAM de corazón, pero el latido más intenso proviene de la felicidad de mi familia.
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