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Economía evalúa aranceles a sosa cáustica líquida estadunidense

Se manifestó en el DOF que los solicitantes son la Industria Química del Istmo, Mexichem Derivados, Petroquímica Mexicana de Vinilos y PMV.

La Secretaría de Economía (SE) comenzó el examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta por Estados Unidos a las importaciones de sosa cáustica líquida, independientemente del país de procedencia.

La dependencia federal explicó por medio del Diario Oficial de la Federación (DOF) que esta investigación será sobre las importaciones que ingresan principalmente a través de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).

El documento indicó que los solicitantes de este procedimiento administrativo son la Industria Química del Istmo, Mexichem Derivados, Petroquímica Mexicana de Vinilos y PMV.

¿Qué es la sosa cáustica líquida?


Se detalló en el DOF que este producto de uso genérico es utilizado en el sector químico, en el cual se emplea como una solución de “tacto jabonoso, sumamente corrosiva, poco soluble en alcohol, la cual forma sales con todos los ácidos y reacciona con las soluciones de sales metálicas precipitando el hidróxido de metal”.

“La sosa cáustica líquida se utiliza en la fabricación de productos químicos para controlar el pH (el número de iones de hidrógeno libres en una solución para determinar su grado de acidez o alcalinidad), neutralizar ácidos y como catalizador y limpiador de gas, así como en la producción de pulpa y papel, jabón, detergentes, productos de limpieza, celulósicos, tales como rayón, celofán y éteres de celulosa”, se lee en el documento.

Se puntualizó que la cuota vigente de 195 dólares por tonelada métrica continuará vigente mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia.

Economía concedió 28 días hábiles a los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite interés en este caso.

La resolución se comunicará a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) y al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para efectos legales correspondientes.

Además, se mencionó que dicha resolución entrará en vigor el 12 de julio de 2025.


KL

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Giselle Soriano
  • Giselle Soriano
  • Originaria de Guadalajara, Jalisco, galardonada con el premio nacional de periodismo Veritas in Verbi 2018 y 2019 en crónica y reportaje; 10 años de experiencia periodística en el ámbito de nota roja, política y negocios.
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