El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) impuso una amonestación pública a la presidenta municipal de Progreso de Obregón, Lorena Estrada Flores; al secretario municipal, Juan Carlos Zúñiga Cruz; y al director de Comunicación Social, Andrés Miguel Ángel Castellanos Sarabia, por vulnerar los derechos políticos del regidor Francisco Xavier Cadena Gómez al expulsarlo de manera indebida de una sesión de cabildo.
La resolución corresponde al juicio TEEH-JDC-034-2026, en el que el regidor denunció actos que le impidieron participar, deliberar y emitir su voto durante la cuarta sesión de cabildo, realizada el 28 de febrero, lo que afectó el ejercicio de su cargo.
La ponencia de la magistrada Lilibet García Martínez acreditó la violación de derechos, al determinar que la expulsión fue injustificada. El tribunal consideró que la autoridad municipal no podía sustentar su actuación en el Bando de Policía y Buen Gobierno, ya que dicha norma aplica a asistentes y no a integrantes del ayuntamiento.
El fallo establece que la alcaldesa y el secretario se extralimitaron en sus funciones al retirar a un integrante del órgano colegiado, por lo que se les ordenó abstenerse de repetir estas conductas y apegarse a la normativa vigente.
Como medida preventiva, el TEEH determinó la amonestación pública a los tres funcionarios involucrados, con el fin de evitar futuras violaciones a los derechos político-electorales dentro del cabildo.
En otro asunto, el tribunal también ordenó al ayuntamiento de Huazalingo pronunciarse en un plazo de tres días hábiles sobre la solicitud de licencia por tiempo indefinido del regidor Pablo Valentín Vargas, dentro del expediente TEEH-JDC-033-2026.
La ponencia de la magistrada Rosa Amparo Martínez Lechuga consideró que el cabildo excedió sus facultades al imponer requisitos adicionales no previstos en la ley para procesar la solicitud. El TEEH señaló que la licencia no equivale a una renuncia y que su trámite no debe condicionarse, ya que la ausencia de un regidor no afecta la integración del órgano al existir suplentes.
Con ambas resoluciones, el tribunal reiteró la obligación de las autoridades municipales de apegarse a la legalidad.