"Se ponchan llantas gratis" "No estacionarse, se usará grúa" o "Respete mi cochera y yo respeto su auto" son las leyendas más comunes en los letreros ubicados afuera de las casas, para evitar que los vehículos obstruyan la cochera del propietario.
No sólo vecinos exigen que los conductores respeten el reglamento de tránsito, pues transeúntes también se ven afectados cuando los carros se estacionan en la banqueta e impidan su paso.
Hacer caso omiso a estos avisos puede hacerte acreedor de una multa por estacionarte en frente de una casa o en la banqueta.
¿Qué dice el Reglamento de Tránsito de Torreón?
Sobre invadir cochera:
El artículo 74 menciona que si los habitantes o propietarios de casas o edificios cuentan con cochera o entrada a estacionamiento, deberá respetarse en una distancia mínima de 45 a 50 centímetros a cada lado de la misma, considerándose tal área como de prohibición para el estacionamiento.
Por eso,¿En cuánto sale la denuncia del vecino?
Estacionarse en la cochera o invadir la entrada de tu vecino puede costarte de 5 a 10 salarios mínimos.
Por otro lado, en el artículo 76 dice que se prohíbe estacionar vehículos:
- Sobre banquetas
- Camellones o áreas diseñadas para separación de carriles
- Rotondas
- Parques públicos
- Zonas peatonales
- Vías ciclistas o diseñados para uso exclusivo de peatones
Datos¿En cuánto salen las infracciones?
- Estacionarse o detenerse en zona peatonal de 4 a 10 salarios mínimos
- Estacionarse indebidamente de 2 a 4 salarios mínimos
- Circular sobre las banquetas, plazas y áreas destinadas al uso exclusivo del peatón de 5 a 10 salarios mínimos
De la multa al "corralón"
Cuando algún vecino denuncie invasión a su propiedad o se implementen operativos de tránsito y exista algún inconveniente como los mencionados anteriormente, el reglamento atribuye a que en caso de que el vehículo esté estacionado en un lugar prohibido y el conductor no esté presente o no quiera moverlo, se retirará el automóvil y será trasladado al depósito mediante el servicio de grúa.
Los gastos de acarreo y pensión correrán a cuenta del infractor.
Si el conductor está presente, se le pedirá que remueva el automóvil del lugar y sólo se levantará la infracción.
Dato curiosoDe acuerdo al artículo 133
Ningún oficial de tránsito podrá detener un vehículo si este no porta su placa de identificación con el número y nombre perfectamente visibles, ni tampoco, por agentes motorizados que, aun portando la placa de identificación respectiva, utilicen para el efecto vehículos o motocicletas no oficiales.
Sgg.