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Llegan al Congreso ajustes al Código Civil de Guerrero

En ellas se valida el matrimonio entre personas del mismo sexo. El documento se turnó a la Comisión de Justicia y tiene un periodo de 10 días para emitir un dictamen.

El Congreso local turnó a su Comisión de Justicia la iniciativa de reforma a los artículos 411 y 412 del Código Civil del Estado de Guerrero, en los que se considera legal el matrimonio entre personas del mismo sexo.

La propuesta ingresó a la Oficialía Mayor del Poder Legislativo local a las 12:06 horas del lunes 6 de junio, por lo que la Comisión de Gobierno la incorporó a la orden del día que se desahogó este martes 7.

En el documento entregado a los diputados locales de Guerrero, el Ejecutivo refiere que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió las tesis jurisprudenciales 1ª./J43/2015 (10ª) y 1ª/J.46/2015 (10ª) que declaran inconstitucionales y discriminatorios los códigos civiles de las entidades federativas donde el matrimonio es entendido como la unión entre el hombre y la mujer, ya que tiene como finalidad fundamental la procreación.

Se indica que de acuerdo a la SCJN, ninguna autoridad puede disminuir o restringir los derechos de otra persona a partir de su orientación sexual, razón por la que ya no es factible hacer compatible con la ley un enunciado que es claramente excluyente.

Con base a la propuesta del Ejecutivo local, el artículo 411 del Código Civil de Guerrero quedará en los siguientes términos: "El matrimonio es la unión libre de dos personas para realizar una comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua. El matrimonio deberá celebrarse ante los funcionarios y con las formalidades que establezca la legislación respectiva".

El artículo 412 quedaría en los siguientes términos: "Podrán contraer matrimonio las personas que hayan cumplido 18 años. Los presidentes municipales, según el caso podrán conseguir dispensas de edad por causas graves y justificadas, siempre y cuando ambos pretendientes hayan cumplido 16 años de edad. Esta dispensa de edad es independiente del consentimiento de la persona que ejerza la patria potestad".

El documento se turnó a la Comisión de Justicia, que preside el diputado del PAN César Quevedo Izunza.

Dicha comisión tiene un periodo de diez días para emitir un dictamen, el cual será sancionado por el Pleno y solo requiere de mayoría simple para lograr su aprobación.

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Rogelio Agustín Esteban
  • Rogelio Agustín Esteban
  • Egresado de la Universidad Autónoma de Guerrero (UAGRO). Reportero especializado en movimientos sociales. Relator permanente de la agitación que viven los pueblos de este estado.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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