De acuerdo con la actualización al Reglamento de Tránsito del Estado de México, quien conduzca bajo los influjos del alcohol no solo será acreedor a un sanción económica, sino que su unidad podrá ser retenida, el conductor arrestado y si es reincidente asistir a programas de rehabilitación.
Ademas, se contemplan sanciones por el uso distractores como pantallas o celulares y no contar no una póliza de seguro vigente.
Sanciones por alcohol
A partir del próximo martes 25 de noviembre, se sancionará de 12 a 36 horas de arresto inconmutables de acuerdo con la concentración que se reporte:
- Más de 0.8 gramos de alcohol por litro de sangre o más de 0.4 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.
- O bajo el influjo de enervantes, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
En tanto, la multa económica por conducir en estado de ebriedad va de las 16 a las 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir de los mil 810 a los 2 mil 662 pesos. La misma sanción aplica para quien conduce bajo el efecto de drogas enervantes o psicotrópicos.
También, se imponen medidas de seguridad adicionales como la retención del vehículo y en caso de reincidencia, la persona conductora deberá inscribirse en programas de rehabilitación para personas alcohólicas, en instituciones con convenio con el Gobierno del Estado de México o los municipios.
y en caso de reincidencia, la persona conductora deberá inscribirse en programas de rehabilitación para personas alcohólicas, en instituciones con convenio con el
Gobierno del Estado de México o los municipios.Con ello, se busca reducir accidentes en vialidades mexiquenses y promover una cultura de conducción responsable.
Es importante, mencionar que de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en promedio al día se registran 47 hechos de tránsito en carreteras del país asociados al consumo de bebidas alcohólicas.
Sanciones distractores
También, queda prohibido utilizar objetos que representen un distractor para la conducción segura, por lo cual solo se permiten tecnologías de manos libres y dispositivos de apoyo como mapas y navegadores GPS.
Habrá sanciones al conductor por el uso del teléfono celular o cualquier dispositivo de comunicación mientras el vehículo esté en movimiento.
No se permite instalar o utilizar televisores o pantallas de proyección de video en la parte delantera del vehículo.
Además; es obligatorio contar con póliza de seguro de responsabilidad civil vigente para circular en la vía pública
En caso de infringir las disposiciones anteriores el conductor se hará acreedor a una multa que oscila entre los mil 810 y los 2 mil 662 pesos.
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