Las sanciones por los casos de terapia de conversión buscan incrementarse hasta los 12 años de cárcel según las agravantes, con la finalidad de proteger los derechos a la identidad sexual, según se planteó en el Congreso del estado.
La diputada del Partido del Trabajo, Angélica Alvarado Juárez propuso hacer modificaciones al Código Penal de la entidad, con la finalidad de armonizar las disposiciones referentes a las terapias de conversión con las leyes federales.
“Fortalecer la protección del libre desarrollo de la personalidad, la orientación sexual, la identidad y la expresión de género, así como las características sexuales de las personas”, se menciona.
En la actualidad, las penas establecidas en contra de quienes obliguen a otra persona a someterse a tratamientos, terapias o cualquier otra práctica para restringir o modificar su orientación sexual se castiga con uno a tres años de cárcel.
En un principio, la propuesta de Juárez Alvarado pretende incrementar las sanciones para que tengan un rango mínimo de dos años y un máximo de seis, sin embargo, contempla diversas agravantes que pueden incrementar la pena hasta en una mitad, por lo que podrían llegar a 12 años.
Los supuestos que se contemplan para aumentar los castigos son cuando la víctima sea menor de edad, se trate de un adulto mayor o de una persona con discapacidad.
También aplicará cuando se haya cometido violencia de por medio, ya sea física, psicológica o sexual, además de que el autor tenga una relación de subordinación con la persona afectada.
Un hecho de destacar es que cuando la persona que cometa el delito sea el padre o madre de la víctima, el juez podrá evitar las sanciones penales en su lugar imponer una amonestación o apercibimiento.
Sin embargo, se tendrán que adoptar medidas de protección a favor de la persona agraviada, además de que las autoridades podrán determinar la suspensión o limitación de la patria potestad.
AAC