En México, el pago de utilidades es un derecho por ley, pero ¿cuánto te toca este 2026? En MILENIO te explicamos lo que recibirás este año tras el reparto de utilidades para trabajadores (PTU) que esta cada vez más próximo a su fecha límite.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece los plazos, sanciones y las cantidades que les tocan a cada uno de los trabajadores en México ante este reparto anual que se realiza por parte de las empresas.
¿Cuánto te toca de utilidades en 2026?
De acuerdo a lo establecido por la ley, el monto total que corresponde a los trabajadores por el reparto de utilidades se calcula siguiente un procedimiento que considera el porcentaje fijado por la ley como la situación laboral individual de cada empleado.
Para saber cuánto te toca, primero debes entender de dónde vienen estos dos principales puntos de como se calcula el monto
- El porcentaje de las utilidades que debe repartirse es fijado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, de acuerdo al artículo 117 de la LFT
- La base para este cálculo es la renta gravable de la empresa, determinada conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta
Una vez aclarado esto, el total de tu pago se divide en dos partes igual, es decir el 50 por ciento de cada una. Para que lo entiendas fácilmente:
La primera parte es el 50 por ciento que se reparte igual entre todos los trabajadores, aunque solo se toma en cuenta el número de días trabajados en el año, sin importar su sueldo.
La segunda parte corresponde al total de los salarios devengados tras haber trabajado durante un año. En este caso se considera como salario la cantidad en efectivo que se recibe al día, sin incluir gratificaciones, percepciones extraordinarias o tiempo extra.
En pocas palabras, no hay un monto exacto de lo que te toca de utilidades o lo que recibirás este año, pues las percepciones de la empresa donde trabajas son únicas y van acorde a tu salario.
¿Cuánto es lo máximo que puedes recibir de utilidades?
Aunque no hay un monto específico para el mínimo de utilidades, sí hay un pago máximo. La Ley establece un tope máximo para lo que un trabajador puede recibir por PTU, el cual será el monto que resulte más favorable entre
- El equivalente a tres meses del salario del trabajador
- El promedio de la participación recibida en los últimos tres años
Las utilidades NO aplican igual para todos los trabajadores
La ley también aclara cómo es el reparto de utilidades para ciertos trabajadores:
- Trabajadores de confianza: si su salario es superior al del trabajador sindicalizado o de planta de más alto nivel, se considerará ese salario de referencia aumentado en un 20% como tope máximo para el cálculo
- Trabajadores al servicio de personas físicas: cuando los ingresos del patrón derivan exclusivamente de su trabajo o del cuidado de bienes que producen rentas, la participación del trabajador no podrá exceder de un mes de salario
- Trabajadores eventuales: tienen derecho a participar solo si laboraron al menos sesenta días durante el añ
- Plataformas digitales: los trabajadores de esta modalidad tienen derecho si su tiempo efectivamente laborado es superior a 288 horas anuales
¿Cuándo se pagan las utilidades en 2026?
El cumplimiento de esta obligación tiene fechas fatales dependiendo de la naturaleza jurídica del patrón. Para quienes laboran en empresas (personas morales), la fecha límite para recibir el pago es el 30 de mayo. Por otro lado, si el empleador es un patrón individual (persona física), el plazo se extiende hasta el 29 de junio.
Es fundamental recordar que el monto es variable, ya que el cálculo se basa en el desempeño financiero de la empresa y factores individuales de cada empleado durante el año anterior.
¿Quiénes no reciben utilidades?
No todos los trabajadores califican para este reparto de utlidades. Quedan excluidos los directores, administradores y gerentes generales, así como los trabajadores del hogar y profesionales que prestan servicios independientes mediante el esquema de honorarios.
Asimismo, la LFT exime de esta responsabilidad a empresas de nueva creación durante su primer año de operación (o dos años si producen un artículo innovador), a instituciones de asistencia privada sin fines de lucro, y a organismos públicos descentralizados con fines culturales o de beneficencia.
YRH