Con la finalidad de fortalecer la seguridad y el orden en el Sistemas de Transporte Colectivo (STC) Metro de la Ciudad de México se ha actualizado el reglamento para los vendedores y comerciantes con permiso en las instalaciones, pero que si no se respetan implicarán sanciones y hasta multas económicas.
Asimismo, se consideran suspensiones con respecto a los vagoneros que se encuentren en las instalaciones, según las disposiciones publicadas en la Gaceta Oficial capitalina.
¿Cómo se castigará a los vendedores del metro que no cumplan el reglamento?
El artículo 110 del nuevo orden establece que las sanciones administrativas no se limitarán a amonestaciones verbales, sino que seguirán un esquema que incluye:
- Amonestaciones por escrito
- Multas económicas
- Suspensiones temporales
- Clausuras
- Revocación del permiso de operación
Todo esto debe aplicarse luego de haber seguir un procedimiento administrativo que garantice el derecho de audiencia del comerciante involucrado.
No obstante, este mismo artículo advierte una excepción, y es que, en casos que impliquen un riesgo inmediato, urgencia o por motivos de protección civil, las autoridades podrán aplicar sanciones de manera directa y sin necesidad de realizar un procedimiento previo.
El artículo 115, por su parte, destaca que la Gerencia del Metro podrá determinar, en casos no graves y siempre que el comerciante no haya incurrido e infracciones anteriores, si la multa o cierre se puede cambiar por hacer acciones correctivas dentro de cierto tiempo.
¿De cuánto es la multa para los vendedores del Metro de CdMx que incumplan?
El artículo 114 determina que multas se calculan según la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, que en 2026 es de $117.31 pesos diarios:
- Infracciones no graves de 5 a 100 UMAs (de 586.55 a $11 mil 731 pesos):
- No portar el uniforme autorizado
- Retrasar el pago de derechos de uso
- Tener sucio el local
- No tener los documentos de fumigaciones mensuales y sanitizaciones semanales - Infracciones graves de 50 a 200 UMAs (de 5 mil 865.50 pesos a 23 mil 462 pesos):
- Giros comerciales no permitidos
- Subarrendamiento ilegal de locales
- Daño a las instalaciones del Metro
- Realizar conexiones eléctricas o hidráulicas clandestinas
- Generar contaminación auditiva mediante gritos o bocinas
Almacenar mercancía para vendedores informales - Castigos por reincidencia: las multas podrán aumentar al doble si así lo determina la Gerencia o se aplicará una multa máxima de 23 mil 462 pesos
¿Qué otras sanciones se contemplan?
A pesar de que las multas ya son por si mismas una penalización para los vendedores, también se enfrentan a:
- Suspensión temporal de actividades
- Clausura
- Revocación del Permiso Administrativo Temporal Revocable (PATR)
- Desalojo forzoso de la mercancía, mobiliario, equipamiento o estructuras del local comercial por las fuerzas de seguridad el metro
Por último, cabe mencionar que son 60 días naturales los establecidos como límite para regular la situación jurídica en este sentido, si no es así, los permisos serán retirados de manera definitiva y sin excepción.
YRH