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Confirmado. Licencia de conducir permanente se podrá revocar a estos conductores de CdMx

Aunque el Gobierno de la CdMx dio una prorroga para tramitar la licencia de manejo permanente, en estos casos puedes ser revocada

Hace unos días, el Gobierno de la Ciudad de México encabezado por Clara Brugada, dio una buena noticia a las y los conductores, y es que amplió el plazo para tramitar la licencia de conducir permanente, lo que deja más tiempo para tener este documento oficial y tener que olvidarse de renovarla cada tres años. ¿Se puede revocar? La respuesta es sí y en MILENIO te damos los detalles.

La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (Semovi) aclaró que quienes tengan la licencia de manejo permanente emitida en 2007 pueden seguir haciendo uso de la misma, y en caso de haberla perdido, se puede pedir la reposición.

¿Quiénes pueden tramitar la licencia permanente de la CdMx?

Del mismo modo, las autoridades capitalinas destacaron que este trámite está enfocado a los que deseen tramitar la licencia por primera vez, lo que involucra a los ciudadanos de 18 años en adelante que incluso no solo vivan en la capital, sino que también serán aceptados los que tengan domicilio en el Estado de México.

Por tal motivo, los requisitos solo son los siguientes, además de haber pagado la cantidad de mil 500 pesos:

  • Comprobante de domicilio
  • Identificación oficial
  • Cita impresa
  • Haber aprobado la evaluación es teórica

¿Se puede revocar la licencia permanente?

Aunque la finalidad de tramitar la licencia permanente es el ya no tener que renovarla una vez que su vigencia sea obsoleta, esto no significa que las autoridades no puedan revocarla, lo que sucede en los siguientes casos:

  1. Cuando el titular sea sancionado por segunda vez en un periodo de un año, por conducir un vehículo en estado de ebriedad.
  2. Cuando el titular sea sancionado por tercera ocasión en un periodo de tres o más años por conducir un vehículo enhestado de ebriedad.
  3. Cuando el titular cometa alguna infracción a la presente Ley o sus reglamentos, bajo la influencia de estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias tóxicas.
  4. Cuando al titular se le sancione en dos ocasiones con la suspensión del permiso o la licencia de conducir.
  5. Cuando se compruebe que la información proporcionada para su expedición es falsa, o bien que alguno de los documentos presentados es falso o alterado, en cuyo caso se dará vista a la autoridad competente.
  6. Cuando por motivo de su negligencia, impericia, falta de cuidado o irresponsabilidad, el titular cause lesiones que pongan en peligro la seguridad o la vida de los usuarios.
La licencia de conducir permanente en CdMx amplió su fecha límite | Especial IA Discover Milenio
La licencia de conducir permanente en CdMx amplió su fecha límite | Especial IA Discover Milenio

Estos puntos están presentes en la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, de manera específica en el Artículo 67 donde se remarca que la suspensión del documento será definitiva.

En tanto, es el Artículo 68 el que remarca que se suspenderá la licencia de manejo por hasta tres años a quienes incurran en estas faltas:

  1. Si el conductor acumula tres infracciones a la presente Ley o sus reglamentos en el transcurso de un año.
  2. Cuando el titular de la misma haya causado algún daño a terceros o a sus bienes sin resarcirlo, al conducir un vehículo.
  3. Por un año cuando el titular sea sancionado por primera ocasión por conducir un vehículo en estado de ebriedad, quedando obligado el infractor a someterse a un tratamiento de combate a las adicciones que determine su rehabilitación enana institución especializada pública o privada.
  4. Por tres años cuando el titular sea sancionado por segunda ocasión en un periodo mayor a un año, contado a partir de la primera sanción por conducir un vehículo en estado de ebriedad, quedando obligado el infractor a someterse a un tratamiento de combate a las adicciones que determine su rehabilitación en una institución especializada pública o privada.
“La persona titular de la licencia o permiso cancelado, quedará impedido para conducir vehículos motorizados en el territorio de la Ciudad con licencia o permiso para conducir expedido en otra entidad federativa o país”, dice la ley.

¿Cuándo es la fecha límite para tramitar a licencia de conducir permanente?

La fecha para tramitar la licencia de conducir permanente se había estipulado para el 31 de diciembre del 2025; sin embargo, la jefa de Gobierno confirmó que ahora será por todo el 2026 cuando se podrá solicitar en los módulos de la Semovi habilitados con este fin, por lo que será necesario contar con una cita y tras ello, entregar la documentación antes mencionada para ello.

Solo en caso de que el examen teórico no sea aprobado por el solicitante, el cual hay que resaltar costa de 20 preguntas y se requiere de un mínimo de 16 para pasar, la Semovi da la oportunidad de hacerlo de nueva cuenta para poder tener la licencia de manejo.

MBL ​

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Mayte Baena
  • Mayte Baena
  • Periodista egresada de la FES Aragón, UNAM con casi 15 años de carrera. Locutora comercial, editora en el área de Discover de Milenio. Apasionada de la política, con experiencia en trámites del Gobierno de México y en ocasiones de música, beisbol y otros de interés general.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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