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¿Cuántos días de descanso oficial tendrá febrero? Éstas son las FECHAS confirmadas

La Ley Federal del Trabajo establece determinados días a lo largo del año que son de descanso obligatorio.

Febrero se alista para un esperado megapuente que permitirá a miles planear descansos y viajes cortos.  La agenda del mes despierta interés entre familias, estudiantes y trabajadores, atentos a organizar actividades y aprovechar pausas en medio de la rutina diaria.

Pero no será la única fecha relevante, pues el calendario también contempla otros días importantes. En MILENIO te compartimos cuáles serán de descanso oficial, tanto para trabajadores como estudiantes, con detalles clave para planificar tiempos, obligaciones y periodos escolares próximos.

¿Cuántos descansos oficiales hay?

Niños y adultos esperan con ansia la llegada de un puente o día de descanso que les permita permanecer en cama hasta tarde en un día entre semana, por lo que lamentamos confirmar que solo existe un día de descanso obligatorio según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.

Tanto las escuelas como los trabajos están en la obligación de dar de descanso el primer lunes de febrero en conmemoración al Día de la Constitución, el cual ocurrió el 5 de febrero. Éste día caerá el lunes 2 de febrero, en el que las escuelas cierran sus puertas y las y los trabajadores podrán descansar. 

Primer megapuente de 2026 será de cuatro días | IA Discover Milenio
Primer megapuente de 2026 será de cuatro días | IA Discover Milenio

¿Los niños descansan más?

Aquellos que continúen en educación básica ya sea preescolar, primaria o secundaria, gozarán de un día extra de descanso, esto debido a las Juntas de Consejo Técnico, las cuales reúnen al personal educativo para organizar y planear estrategias para el ciclo en curso. 

En esta ocasión, según lo establece el calendario oficial del ciclo 2025-2026, compartido por la Secretaria de Educación Pública , habrá descanso el último viernes del mes, el cuál caerá el día 27, una fecha antes de que finalice por completo febrero. 

¿Qué pasa si trabajas en día festivo?

En México, si trabajas en un día de descanso obligatorio, la Ley Federal del Trabajo establece que tienes derecho a recibir tu salario normal más un pago adicional equivalente a dos salarios diarios por el servicio prestado ese día. Esto está contemplado en el artículo 75 de la LFT, que indica que se paga el salario del día más un salario doble por trabajar en esa fecha especial. 

Además, si el día festivo coincide con tu día de descanso semanal, como un domingo, el empleador debe agregar una prima dominical de al menos el 25% de tu salario diario, lo que puede incrementar aún más el pago total por ese día

¿Qué otros días de descanso oficiales le quedan al año?

Estos son los días feriados que le quedan al año:

  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero: día de la Constitución
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo: natalicio de Benito Juárez
  • El 1o. de mayo, día del Trabajo
  • El 16 de septiembre, día de la Independencia de México
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre: día de la Revolución mexicana
  • El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal (atendiendo a la reforma del artículo 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014)
  • El 25 de diciembre, Navidad
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales para efectuar la jornada electoral en caso de elecciones ordinarias

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Lorely Osorno
  • Lorely Osorno
  • Licenciada en Comunicación y Periodismo de la UNAM. Editora en Discover Milenio, apasionada por explorar y difundir hechos relevantes. Me gusta informar sobre temas de utilidad a los lectores y explicar por qué algún suceso está en tendencia. Tengo gran interés por el feminismo y los problemas sociales.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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